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  • PAGARES EN U$S IMPAGOS/CAUSA PROPIA

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 #241430  por estudio67
 
Buenas Nuevamente. Un colega en reunion de cafe, me comento el siguiente caso.
Unos hermanos al cual èl les tramitò la sucesion, como no tenian dinero para pagarles los honorarios (se lo dijeron al finalizar el expediente), ambos le han firmado ante escribano dos pagares (uno firmado por cada hermano) por un monto chico (no llegan a 1000 U$S c/u). Ahora bien. vencido el termino de pago, no lo han abonado y el colega les quiere iniciar un jucio ejecutivo a ellos.
pregunta 1): Son dos pagares firmados por distintas personas.....tiene que iniciar dos juicios ejecutivos distintos?? (osea uno por cada firmante).
Pregunta 2): Puede el colega actuar en causa propia en capital federal?
Pregunta 3): Al especificar el monto en la demanda, se coloca la cifra en Dolares? (los pagares estan en dolares).
Pregunta 4): Alguien tiene algun modelo de juicio ejecutivo que se asemeje a este??
desde ya, gracias por la ayuda brindada. :shock:
 #241510  por Dr. 8
 
Estimado Estudio67,

1): Son dos pagares firmados por distintas personas.....tiene que iniciar dos juicios ejecutivos distintos?? (osea uno por cada firmante).

Si, porque existen dos obligados cambiarios diferentes.

2): Puede el colega actuar en causa propia en capital federal?

Si.

3): Al especificar el monto en la demanda, se coloca la cifra en Dolares? (los pagares estan en dolares).

Si.

4): Alguien tiene algun modelo de juicio ejecutivo que se asemeje a este??

INICIA JUCIO EJECUTIVO.

Fulano de Tal , abogado y bla bla, letrado en causa propia, bla...
 #241556  por Sailaw
 
El importe se transforma en demanda al cambio tipo comprador al momento de iniciar el juicio, (sobre ese importe se paga la tasa)
 #242615  por cristina1
 
Tengo un caso parecido.
Pero el que firma como obligado principal no tiene nada para cobrarle, osea el que figuran todos sus datos en el pagaré.
Al lado firma el hermano con número de DNI.
El hermano si tiene bienes.
La duda es ejecuto al hermano igual que cualquier pagaré.
La prescripción es de 3 años o en este caso es 1 año, porque sería el avalista.
Escucho opiniones.
Saludos