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  • URG!!:Que opinan?ELUSION, EVASION.. !Tp posgrado UBA!!

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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #241603  por rudajuancarlos
 
Necesito determinar si habria evasion, elusion u economia de opcion y fundamentar! Un caso similar esta siendo discutido en el tribunal fiscal en estos dias....Uds que opinan?

Muchas gracias

1) La Sociedad A, residente en laArgentina, dedicada a la exportaci6n de cereales, decide obtener
fondos con la venta anticipada del commodity.

2) La Sociedad A firma un contrato de exportaci6n de cereales a 5 anos. El Comprador, Sociedad B,
es un tercero residente en un pais de baja 0 nula tributaci6n, adelanta el precio de las entregas de
cereales por los pr6ximos 5 allos. El contrato entre la Sociedad B y la Sociedad A es un Contrato
de Exportaci6n que se limita a fijar el precio de la operaci6n por tonelada de cereal (ej. U$S 100
la tonelada). Para fijar dicho precio, las partes han considerado un precio inferior al valor de
mercado de la tonelada de cereal a la firma del contrato, que refleja, asimismo, la tasa de interes
sobre el flujo descontado de fondos (precio de mercado equivalente a US$ 120 la tonelada).

3) La sociedad B tiene un contrato de venta de cereal con un Banco localizado en Canada, que
coloca el commodity en un trust que emite "notes" con rendimiento variable en funci6n del
precio de mercado.

4) La Sociedad A celebra un swap con un banco local bajo las siguientes condiciones: Si a la fecha
en que la Sociedad A entrega el cereal a la Sociedad B, el cereal cotiza menos que U$S 100 la
tonelada, la Sociedad A debe pagarle al Banco la diferencia. Si a la fecha en que la Sociedad A
entrega el cereal a la Sociedad B el cereal cotiza mas que U$S 120 la tonelada, el Banco debe
pagarle a la Sociedad A la diferencia.

5) El fisco impugna la operaci6n diciendo que se trata de una operaclOn financiera y que la
diferencia entre U$S 100 Y 120 debe ser tratada como intereses, percibidos por un sujeto no

residente.
Informacion Impositiva
-El articulo 15 de la ley del impuesto a las ganancias contempla los desvios a los precios de
transferencia referidos a operaciones entre empresas vinculadas 0 en transacciones con empresas
localizadas en paises de baja 0 nula tributaci6n.
-La retenci6n sobre intereses de sujetos no residentes -no banco- localizados en paises de baja 0
nula tributaci6n es del 35%.
-Por el Swap se paga una prima, que constituye un gasto deducible en el impuesto alas ganancias
de la Sociedad A y renta de fuente argentina para el banco local.