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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #242203  por MELON
 
Hola foristas: Tengo un juicio laboral en Mar del plata , en etapa probatoria.
Resulta que veo de casualidad que la empleadora con sede en Capital, tiene una quiebra y que el remate de un bien es inminente. Alguno que sepa de quiebras que me puede dar algunos parametros resumidos para continuar. Se sigue en el laboral hasta que termine? me tengo que presentar en la quierbra ahora que no tengo sentencia y faltaran unos años. Gracias
 #242219  por evagomila
 
Hola Melón : te contesté al privado porque la página no me permitía mandar el mensaje(no se porque )

Saludos, Eva.-
 #242229  por evagomila
 
"...Hola foristas: Tengo un juicio laboral en Mar del plata , en etapa probatoria.
Resulta que veo de casualidad que la empleadora con sede en Capital, tiene una quiebra y que el remate de un bien es inminente. Alguno que sepa de quiebras que me puede dar algunos parametros resumidos para continuar. Se sigue en el laboral hasta que termine? me tengo que presentar en la quierbra ahora que no tengo sentencia y faltaran unos años. Gracias
Hola foristas: Tengo un juicio laboral en Mar del plata , en etapa probatoria.
Resulta que veo de casualidad que la empleadora con sede en Capital, tiene una quiebra y que el remate de un bien es inminente. Alguno que sepa de quiebras que me puede dar algunos parametros resumidos para continuar. Se sigue en el laboral hasta que termine? me tengo que presentar en la quierbra ahora que no tengo sentencia y faltaran unos años. Gracias..."

Hola Melón yo haría lo siguiente:
1- tendrías que obtener de la quiebra los datos de la sindicatura, nombre , teléfono y domicilio. Entrá en contacto y comentales del juicio laboral.
2- Fijate si en la quiebra podés hacer una reserva de verificación de crédito (por tu cliente y por vos por honorarios). Hacer la reserva de verificación te evitará incurrir en verificación tardía con los beneficios que eso implica.
3.- Tendrás que continuar con el laboral hasta agotar instancia y con las sentencias firmes y con carácter de cosa juzgada, peís en el juzg. laboral la liquidación.
4.- Cuando tengas la liquidación pedís copias certificadas de la sentencias (1 y 2 instancia, si es que hubo apelación) y de la liquidación y con esa documentación verificás el crédito de carácter laboral para tu cliente y por honorarios para vos.
5.- Ojo!!! que si lograste hacer verificación de crédito oportunamente , el juzgado comercial no te debe tomar como acreedor verificados tardío!!!!

Espero haber sido clara, cualquier cosa me preguntás!!!
Eva.-