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  • clave fiscal antes del 24/10/2006

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #23984  por natucha13
 
Hola queria consultarles lo siguiente una sra. que saco la clave fiscal antes del 24/10/2006 le habia entregado los papeles a una gestora, pero no le hizo nada, ahora quiere jubilarse y tiene pension...puede jubilarse? Me parecio leer en algun lado hace tiempo que habia una circular que decia que si saco la clave antes del 24/10/2006 si podia. Alguien sabe el nro. de circular ? Muchas Gracias!

 #24001  por ilvinavaleria
 
mira natucha, lo que habran dicho no seria, haber mandado el sicam antes de esa fecha?, que es la unica posibilidad ,contrario solo podra compartir ambos beneficios si cancela la deuda en efectivo.

 #24036  por VGalbicka
 
lo que te da el derecho es el envio del plan. La clave fiscal sirve para muchas cosas la pudiste haber sacado por otros temas.

 #24037  por VGalbicka
 
Ojo....jubilarse puede! lo que pasa es que tiene que cancelar el total de los años de aporte para adquirir el beneficio

 #24211  por marbar
 
Fijate si le presentaron el 460 en afip antes del 25/10, podria esta dentro de las excepciones en la circular 70/06 punti i. Yo tuve un caso y me lo habilitaron. Lo de la clave no sirve.
Sino, tenes que pagar de contado.

 #24221  por Sonoman
 
VGalbicka escribió:Ojo....jubilarse puede! lo que pasa es que tiene que cancelar el total de los años de aporte para adquirir el beneficio
Disculpame, pero no estoy de acuerdo! Si se puede jubilar y percibir tranquilamente su haber, no hace falta q cancele la totalidad de la deuda, justamente para eso es la moratoria... Lo q si va a tener q hacer es renunciar a la pension ya q ambos beneficios son incompatibles...

 #24266  por marbar
 
BUENO, SI SE QUIERE JUBILAR Y SEGUIR TENIENDO LA PENSION, O PAGA DE CONTADO O SE ACOGE A LA MORATORIA Y UNA VEZ TERMINADA DE PAGAR PUEDE ACCEDER AL BENEFICIO DE JUBILACION.

 #24323  por lgaray
 
Sonoman escribió:
VGalbicka escribió:Ojo....jubilarse puede! lo que pasa es que tiene que cancelar el total de los años de aporte para adquirir el beneficio
Disculpame, pero no estoy de acuerdo! Si se puede jubilar y percibir tranquilamente su haber, no hace falta q cancele la totalidad de la deuda, justamente para eso es la moratoria... Lo q si va a tener q hacer es renunciar a la pension ya q ambos beneficios son incompatibles...

Tenés razon, pero ¿cual seria el beneficio para la Sra.?
Renunciar a una pensiòn, mìnimo $ 530, para cobrar la jubilaciòn con descuento de cuota?

 #24457  por natucha13
 
clarisimo ...el 460 no lo tiene..!....muchas gracias!

 #28714  por afscotto
 
[quote="marbar"]Fijate si le presentaron el 460 en afip antes del 25/10, podria esta dentro de las excepciones en la circular 70/06 punti i. Yo tuve un caso y me lo habilitaron. Lo de la clave no sirve.
Sino, tenes que pagar de contado.[/quote]

Queria saber cuando presentaste el tramite ya que yo me base en la carga de cuenta anterior al 25/10 y la presente ahora en mayo ya que en su momento por un error de afip no la cargaron. Presente un escrito para que se tome por excepcion. Me podrias dar mas datos de tu caso?????
Gracias

 #28763  por natucha13
 
no, lamentablemente creo que no se puede hacer nada porque la señora se lo habia dado a un gestor en julio 2006, y el gestor no le hizo nada hasta diciembre de 2006... Lo unico que tengo es la clave fiscal y nada mas porque era de una sin aportes...