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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #242939  por ely
 
hola les cuento como es el tema a ver que opinan. vino una persona que se accidento. le iniciaron en provincia el accidente con el despido. se concilio por el despido teniendo en cuenta que no le hicieron lugar a la inconstitucionalidad planteada de la 24557. Asi las cosas se negocio el despido y quedo pendiente el accidente., grave por cierto. (le aplasto la mano una esmeriladora). Todo esto tramito en provincia. Ahora bien, luego le inician una conciliacion laboral en capital cuya 1º audiencia la tuvieron el 23/11/05 y queda cerrada la etapa de conciliacion sin arreglo con fecha 27/12/2005 sin acuerdo obviamente. Que opinan. Puedo iniciar la demanda? Gracias por su aporte ELY
 #243194  por MORGAN
 
Mmmm, no está claro el asunto. Los jueces no resuelven la inconstitucionalidad al principio sino con la sentencia, algunos lo han hecho pero es un error. En que quedó el asunto del accidente, si decís que solo conciliaron por el despido, que pasó con la causa?, si iniciás un nuevo juicio te van a plantear litispendencia y pagás las costas.
 #243215  por ely
 
Realmente morgan es complicado. No le hacen lugar a la inconstitucionalidad de la 24557, por lo tanto el abogado plantea ir por la LRT. La resolucion manifiesta que no prospera la demanda por accidente y si por el despido. A esto interponen revocatoria e intentan ir por lLRT, a lo cual tampoco le hacen lugar. Luego inicia conciliacionlaboral en capital y cierran la misma confecha 27/12/2005. Me parece que no es litispendencia; ya que en prov. fue rechazado el planteo. A ver que se puede hacer Para mi nada perosiempre es bueno abrirse. Me da la sensación que perdieron la posibilidad del accidente por mal manejo o no?