Hola estimados colegas! Molesto en esta ocasión para preguntar que salida me queda en el siguiente caso:
Se clausuro la instrucción (lesiones culposas) y presente ayer el escrito solicitando el probation pero grande fue mi sorpresa cuando vi en el expediente que a mi cliente ya le habían otorgado el beneficio en el año 2003 por otro hecho culposo...., entonces desesperado hable con quien despacha ese expediente. Me dijo que igual dejara el pedido y que le darían vista al fiscal y éste seguro se iba a oponer por el tema de que no transcurrieron los 8 años que tiene que haber entre probation y probation (ver Código Penal art 76 bis ).
Ahora la pregunta es : Alguien sabe de excepciones a esa "regla" de los 8 años o conoce jurisprudencia o doctrina que se incline a favor de conceder el beneficio aún cuando, NO habiendo transcurrido el plazo de 8 años, el solicitante halla cumplido las reglas de conducta que se le impusieron anteriormente .
Algun consejo?? Idea, o simplemente voy pensando en un abreviado????????........
Se clausuro la instrucción (lesiones culposas) y presente ayer el escrito solicitando el probation pero grande fue mi sorpresa cuando vi en el expediente que a mi cliente ya le habían otorgado el beneficio en el año 2003 por otro hecho culposo...., entonces desesperado hable con quien despacha ese expediente. Me dijo que igual dejara el pedido y que le darían vista al fiscal y éste seguro se iba a oponer por el tema de que no transcurrieron los 8 años que tiene que haber entre probation y probation (ver Código Penal art 76 bis ).
Ahora la pregunta es : Alguien sabe de excepciones a esa "regla" de los 8 años o conoce jurisprudencia o doctrina que se incline a favor de conceder el beneficio aún cuando, NO habiendo transcurrido el plazo de 8 años, el solicitante halla cumplido las reglas de conducta que se le impusieron anteriormente .
Algun consejo?? Idea, o simplemente voy pensando en un abreviado????????........