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  • Renuncia a trabajar sabados a la tarde

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #242987  por Marcelo mdq
 
Les consulto, recibi un telegrama de una empleada q no quiere trabajar en un comercio los sabados a la tarde.
El horario es de 8 horas y media, de lunes a sabados de 12 a 20:30.
Despues de las 48 horas semanales (jornada legal) cobra horas extras.
La empresa a la que presto servicios no quiere acceder a su peticion.
Puedo imponerle un horario de 12 a 20 de lunes a sábados (8 horas por dia)? En este caso estaria dentro de la jornada legal.
Gracias.
 #243069  por GU
 
Creo que modificar la jornada laboral mediante una distribucion de las horas que implique otro dia de trabajo (sin superar el limite de la jornada) es un ejercicio abusivo del ius variandi si no hay conformidad del empleado.

Y tambien creo (estoy casi seguro) que el que envio el telegrama hizo la consulta en este foro o en algun otro.

Saludos!
 #243171  por DAL
 
Jajajaja!!!!!!!!!
Son tremendos!!

Cambian los hechos en las dos consultas!
Como fue contratada la empleada??? era obligación trabajar el sábado a la tarde?? más allá de que sean 48 o más horas.
Nadie puede ser obligado a trabajar horas extras (más de 48).
Que convenio se aplica????
 #243289  por Marcelo mdq
 
Gu, creo que fui claro al expresar la situación.
El caso que referenciás no tiene nada que ver con el que yo expuse.
Lo único en común es que se trata de un local de indumentaria.
La empleada siempre cumplió el horario de lunes a sabados de 12 a 20:30
Ahora presentó un telegrama que renuncia a trabajar los sabados desp de las 13 hs.
Si el empleador acepta, la jornada labural quedaria de 42 horas y media. Por lo tanto si o si tengo que reasignarle otro horario.
Ahora bien, en caso de que el empleador no acepte se le va a indicar un horario de 48 horas semanales de 12 a 20 horas. Me pregunto, en que afecta el cambio si es practicamente el horario q venia haciendo desde que se incorporó. La unica modificación es que se reduce la jornada en media hora diaria y deja de percibir horas extras, ya que no hay excedente por sobre las 48 horas semanales.
 #243502  por GU
 
No se ofenda por mi error de interpretacion, no quise criticar su claridad de exposicion (que desde ya es BRILLANTE). Aun asi, no me parecen tan distintos los casos.

El empleado tampoco tiene facultades para modificar la jornada conforme se viene dando la relacion laboral. Maxime teniendo presente que el perjuicio que le ocasiona al empleador es claro (ya que debe contratar otro empleado para reemplazarlo). La solucion pareceria ser la misma solo que del otro lado. Hay que tener cuidado de como se lleva el tema hasta la desvinculacion.

Saludos!