Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • cedula sin copias

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #244071  por ggg
 
hola les consulto: le llega a un cliente una cedula por una demanda laboral, pero la cedula dice textualmente: "librese la cedula solicitada con habilitacion de dias y horas. notifiquese." s/c llegó sin la copia de la dda y sin el proveido q dice: traslado de la dda por diez dias....etc" ¿fue un error del abogado?
no tengo copia de la dda para contestar, ya vi el expediente, dejo q camine y dsp pido nulidad de la notificacion...q les parece? gracias
 #244091  por sabri79
 
para mi tendrias que pdir la nulidad de la notificacio tanto porque fue sin copias como asi tambien porque no esta el proveido correspondiente
 #244096  por ggg
 
gracias por responder, todavia no estamos presentados en el expediente, entonces dejo q siga su curso y cuando nos notifiquen la rebeldia en su caso o la absolucion de posiciones me presento y pido la nulidad de la notificacion de traslado de la dda? justamente van a dictar un curso sobre nulidades...y a estudiar! de todas formas espero sus opiniones.
 #244106  por evasusana
 
me parece que esto ulitmo es mas arriesgado , Mas seguro es lo que te dijo el otro colega de pedir la nulidad de la notificacion.
 #244123  por ggg
 
gracias por la respuesta, entonces me presento con un escrito tomando conocimiento del juicio por esta cedula q me llego y solicito la nulidad de la notificacion, lo q significa q el abogado deberá dar traslado de la dda? estoy un poco confundida porq si me presento no quedo notificada de la dda no? el plazo comenzará a correr desde q le llegue al cliente el traslado de la dda es asi no?
 #244221  por MORGAN
 
Tendría que presentarte y plantear la nulidad de la notificación puede haber vicios en el modo de notificación o defectos en el diligenciamiento, no te preocupes por quedar notificada porque se va a dar traslado a la otra parte para que subsane la deficiencia y durante ese lapso quedan suspendidos los plazos, si eso no surge claramente lo solicitás o pedís aclaración.
 #245141  por VICTORIA2004
 
Hola
Acá en Rosario, no procede la nulidad de la notificación (puesto que el acto cumplió su cometido) mas sí la suspensión de los términos hasta que no se notifique en forma. Saludos!