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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #244467  por diciazlau
 
HOLAA SOY NUEVA Y TENGO UNA SITUACION PARA Q ME AYUDEN:


A UNA PERSONA FISICA, CON ACTIVIDAD DE PANADERIA EN LA CIUDAD LE LLEGO UNA NOTIFICACION DE LA AFIP, DGI, POR MEDIO DE LA CUAL LE SOLICITA, LA SGTE INFORMACION, BAJO APARCIBIMIENTO DE LEY DEL ART 39 DE LA LEY 11.683, PARA Q SEA PRESENTADA EN EL PLAZO DE 48 HRS:
* TODAS LAS OPERACIONES POR COMPRA DE HIERRO AL CORRALON EL HERRERO DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,

* EL DETALLE DE TODAS LAS DDJJ POR IVA Y GANACIAS POR LOS PERIODOS NO INSCRIPTOS

*EL DETALLE DE LOS MEDIO DE PAGO UTILIZADOS A SUS PROVEEDORES DESDE 01/01/02 A LA FECHA.

Q NATURALEZA JURIDICA TIENE DICHA NOTIFICACION? ES DECIR JURIDICAMENTE Q ES?
Q OBJECCIONES LE MERECE LA MISMA??
 #244657  por Niesches
 
Hola , buen día . Por lo que contás , creo que el tema es así:
1- El corralón El Herrero debe estar bajo inspección y están haciendo un cruzamiento de la información sobre sus compras y ventas Seguramente la panadería debe haber comprado algo a ese corralón por eso le piden ese detalle . Debieran pesentar el libro de registro de compras o Iva compras en el cual esté asentada dicha compra , acompañañdo una nota ( F. 206 ) con el detalle de las mismas ( Fecha , Nº de factura , importe )
2-Dá la sensación que al pedirte IVA y Ganancias por los años no prescriptos (aunque ponés no inscriptos ???) las operaciones deben ser varias y quieren saber si están declaradas .
3- Y con respecto a los medios de pagos , seguramente quieren corroborar lo declarado por el corralón sobre la forma en que fueron cobrados dichos trabajos/ventas efectuadas.
Es raro que te pidan los años no prescriptos y medios/forma de pago desde el 2002 ( aunque supongo que te piden esa información sólo de las compras efectuadas al corralón )
¿ La panadería también está bajo inspección ?
Con respecto a la naturaleza jurídica de la notificación , no le busques muchas vueltas , debés cumplirla porque está bien cursada y ajustada al derecho de la AFIP y si no se cumple le van a poner las multas del art. 39 ; eso sí , dentro del plazo de las 48 hs. que le dieron podés presentar una nota ( F. 206 ) solicitando un plazo especial de diez días para cumplirla , siempre lo conceden.
Y por último , si sos abogada : PATEASELA AL CONTADOR , es su trabajo cumplir con esa notificación.