Hola! Les hago una consulta. Me presento como particular damnificado en una causa. Puedo pedir el beneficio de litigar sin gastos como en Civil? O en la IPP no hay condena en gastos para el particular damnificado?
Aclaro que estoy en Provincia de Buenos Aires.
Agradeceré prontas respuestas!
Saludos!
Pablo
Aclaro que estoy en Provincia de Buenos Aires.
Agradeceré prontas respuestas!
Saludos!
Pablo