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  • URGENTE: TRASLADO DEMANDA - DENIEGAN REBELDIA!

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
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 #245462  por oscarlaplata
 
Queridos amigos: LEs pido por favor, tiren lineas!! Es muy URGENTE!! Se me vence plazo!! Es asi: Hago el traslado de demanda, al domicilio denunciado (que es el laboral del trabajador). El oficial informa lo siguiente: "... me constituí en el domicilio del requerido .. y habiéndolo encontrado procedi a dejarle una cedula de igual tenor a la presente firmando un empleado del lugar por manifestar estar autorizado..." No contesta la demanda. Pido rebeldia y me la deniegan. Indican que no está notificado por no cumplir el oficial con el 338 CPCCP. Me ordenan Notifique de nuevo con habil. de dias y horas, haciendo cumplirp or el oficial con el 338 y el 141.
El punto es, segun yo entiendo, que correspondería si fuese que el empleado manifestó que no estaba y le dejo la cedula sin dejar aviso de nueva visita. EL demandado no la recibe personalmente, si. Pero el oficial informa que "habiendolo encontrado" se la entrega al empleado que dice estar autorizado. Onda.. "estaba, pero no la firma él, sino el empleado"
1 - Corresponde lo que indica el tribunal?
2 - Quiero interponer revocatoria con apel. en subsidio. Esta bien plantearlo? Tengo chances o solo pierdo tiempo?
3 - Algun modelo y/o jurisprudencia al respecto para la interposicion del recurso?
4 - IMPORTANTE!! El domicilio, si bien es el laboral, es el domicilio contituido en Secretaria de Trabajo de la Prov. de Bs As, por el empleador cuando fue a la audiencia que no prosperó. Indicó alli como "constituido". Vale dicha constitución para la sede judicial?

Mil gracias por su ayuda!! Se me vence el plazo para la revocatoria!! Tiren lineas pliiiissss!!!
 #245763  por diegogvillamayor
 
las demandas las notificas al domicilio real, donde trabajaba tu cliente.
el trabajaba donde la otra parte constituyo en la secretaria? o es otro domicilio?

saludos
 #245904  por MORGAN
 
Tiene razón el Tribunal, lee bien el informe de la cédula que hace el notificador "seguro dice "...me constituí en el domicilio del requerido .. y "NO" habiéndolo encontrado...", caso contrario se trata de un error del informe, igual debía entregàrsela al demandado o dejar aviso que volvía.
 #245942  por oscarlaplata
 
Gracias por las respuestas:

El informe dice "habiendolo encontrado". No dice "NO habiendolo encontrado". Es afirmativo.
Hablé con el oficial. Dice que salió el demandado, y dijo estar ocupado, que le deje la cédula al empleado.
Por so cinformó eso. Entonces.. prospera una revocatoria?
Debo presentarla mañana!!
El demandado estaba pero mando a un empleado a recibirla. Está jugando con los tiempos. Ya llevo perdido dos meses.
Si el notificador dice que "habiendolo encontrado, dejo una cédula al empleado por estar autorizado"
Firma el empleado.
El domicilio es el laboral, pero en Secretaria de trabajo, el demandado dice "XX, con domicilio en calle (laboral), y constituyendo domicilio en (repite domicilio, el laboral)". Sirve eso como prueba de domicilio real?

Muchas gracias!!
 #246014  por MORGAN
 
No le quedó claro al Tribunal que se hubiera dado cumplimiento al 338, es un error del notificador.