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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #245565  por andi
 
Hola chicos, mande a un empleador un telegrama de un trabajador en negro el 30/09/08, pidiendo q registre la relacion, abone difernecias salariales, etc todo en el termino de 48 hs, haciendo el trabajador retencion de tareas hasta tanto se regularice su situacion. Me llamo el contador del empleador y me dijo q se mando un telegrama donde le intima a la chica a que retome sus tareas. Como debo proceder en este caso??? Todavia mi cliente no me trajo el telegrama, pero quiero prepararme, hay q contestar de nuevo ese telegrama?. Les pregunto porq recien estoy empezando con laboral. Gracias
 #245573  por matiassergio
 
Hola Andi, en principio espera a ver que dice la respuesta del telegrama que enviaste.
En caso que lo unico que diga es que retome tareas, no satisface tu pretension de una correcta registracion y por lo tanto puede darse por despedida en forma indirecta.
La respuesta del telegrama seria tambien en base a lo que desea tu cliente (si conservar el trabajo o no), pero si la intiman a retomar tareas aqui tenes una prueba mas que interesante a tu favor.
Espera igualmente otras respuestas.

Saludos
 #245583  por andi
 
Ok matiassergio , mañana si la recibo, te cuento, asi veo como sigue. Besos
 #245826  por andi
 
Chicos me contestaron el telegrama y dice en la CD dice:
RECHAZO: telegrama laboral en todos y cada uno de sus terminos por falaz, improcedente y malisioso. Atento a la cantidad de horas y naturaleza de la prestacion de servicios por Ud. realizada no resulta obligatoria la registracion.INTIMOLE en el plazo perentorio de 24 hs de recepcionada la presente manifiste si tiene interes en continuar prestando servcios, bajo apercibimiento de contatar otra persona en su lugar.-

la chica se desempeñaba como moza, que debo hacer, es urgente mañana debo contestarla.Se puede dar por despedida. Es cierto q en esta actividad no es obligatoria la registracion. Gracias.
 #245843  por DAL
 
Deberias leer bien el convenio de gastronomicos.
Hay un extra eventual, pero creo que igual se registra.
Tendrias que evaluarlo con la prestación de tareas, y encuadrarlo en el convenio.