debo notificar el proveído del juez segun el 80 del codigo procesal por un tema de beneficio de litigar sin gasto
solo debo transcribir el proveído cierto?
Si ya se ha corrido traslado de la demanda, no es necesario acompañar copias pues ya las tiene.
Si el BLSG es previo al traslado de la demanda, yo esperaría a que conteste dicho traslado,
y después le notificaría acompañando la copia del pedido de beneficio. Si no has iniciado aún
la demanda, sí, hay que acompañar copias de todo.
En caso de vidrio, rompa el martillo con la emergencia.