Estimados colegas: un cliente me consultó sobre un tema de flia., y como soy penalista hago agua. La consulta es la siguiente : son una pareja de concubinos con dos hijos propios y una nena de 10 años que que los padres dejaron a su cuidado cuando nació. El "padre no biológico" quiso incluirla en su obra social, y justamente como no son parientes no lo permitieron por no haber parentesco. Mi pregunta es: conviene una guarda? una adopción simple? Con esta última (como es en Pcia. de Bs.As: San Isidro), tengo miedo ya que un colega me comentó un caso similar y el Ministerio le sacó a la menor. Todo lo que puedan aportarme, será bienvenido, y si hay modelo mejor todavía
Mira.. me parece q si le sacaron a la menor fue por algo: No eran aptos, fue ilegal el modo en q llegaron a la menor o algo o algo por el estilo....
igualm ante la posibilidad YO iria a consultar a la asesoria, si les contas q no haces flia.. y demas seguro q te dan una mano ... ellos son fundamentales en estos tipos de procesos..
suerte!!!