Hola.. Tengo una pregunta.. mi cliente trabajaba en negro en un local comercial. Hoy lo despidieron y mañana le pàgan el sueldo correspondiente. El tema es que yo queria intimar al empleador por las indemnizaciones correspondientes (antigueda, falta registración, etc), pero no puedo intimarlo para que registre correctamente la relacion laboral atento a que ya no esta trabajando formalmente. Entonces la pregunta es bajo que apercibimiento debería intimarlo?? Como sería mas o menos el tenor de la CD. Recuerden que ya no esta trabajando! No se como encuadrarlo. Por favor necesito su ayuda!
NO IMPORTA QUE NO ESTE TRABAJANDO.PUEDE ESTAR ENFERMO. NO TE OLVIDES QUE ESTA EN NEGRO. INTIMALO POR BLANQUEO LEY 24013 Y TODO LO DEMAS (SAC, VACAC, 245.232.233, INDEMNIZ 25323, ETC- TODO LO QUE YA SABES.
EL QUE TIENE QUE PROBAR LA VIGENCIA DE LA RELACION LABORAL ES EL PATRON, QUE SEGURAMENTE NO VA NI SIQUIERA A RECONOCER QUE EXISTE TAL RELACION. NO DUDES.