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  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #51144  por ESTUDIORYO
 
SE puede acumular alimentos y tenencia? la tenencia tiene que ser solicitada judicialmente o con la de hecho basta.?
 #246284  por Sanra
 
en pcia podes iniciar todo junto: alimentos tenencia y visitas
 #246517  por Pato272727
 
inicialo separado. el alimentante no tiene derecho a contestar demanda en juicio de alimentos la sentencia sale cuando pide el actor. Tenencia es ordinario. Esto en capital pero en provincia no es muy distinto.