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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #246633  por fede7801
 
Estimados:
Tengo una duda en el caso que a un empleado se le entregue por ejemplo (un electrodomestico) por el cumplimiento de un objeto, en base a que obtuvo una mejor productividad. Este pago en especie, podrá ser considerado por el empleado como parte del sueldo para el calculo de la liquidación final, el valor de dicho bien es remunerativo a los fines de aportes previsionales, vacaciones, aguinaldo, etc.???
Gracias
 #246773  por VICTORIA2004
 
Hola!
Te doy mi opinión.
Sólo responden al concepto de "no remuneratorio" aquellas prestaciones que se originan en causas diversas de la contraprestación recíproca entre el trabajador y el empleador (generalmente, comprensaciones, beneficios sociales, etc.). Este premio a la productividad es a todas luces un concepto remuneratorio; por ende, debe ser tomado en consideración para los cálculos pertinentes. Eso sí, para el cálculo de la indemnización por antiguedad, tiene que reunir también el requisito de la habitualidad. Saludos!