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  • RECIBI SANCION POR TEMERIDAD Y MALICIA!!! SOCORRO!!!

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 #247315  por pablointernet
 
Les cuento que me matriculè en octubre del año pasado, asi que recien cumplo un año ejerciendo, y ya tengo ganas de dejar la profesion. O mejor dicho, creo que la profesion me va a dejar a mi.

Estoy realmente desesperado, me sancionaron en un expediente por temeridad y malicia y jamas me lo hubiera inmaginado.

El caso es que conteste una demanda de desalojo y ese fue el unico escrito que interpuse. Pedi que sea rechazada la demanda por la compensacion con gastos y mejoras urgentes y necesarias hechas por el inquilino, y ejerciendo derecho de retencion del inmueble.

Lo que yo no sabia al momento de contestar la demanda es que antes habia otro abogado que dilato el proceso un año con impugnaciones que realmente son inverosimiles.

Lo cierto es que el abogado de la actora parece que se ofusco de mas y desde que contestè yo no volvio a mover casi el expediente a proposito.

Es mas, tenia pedido el desalojo anticipado del 684bis que es una cautelar de restitucion del inmueble inmediata, y presento un escrito desistiendo de la misma y pidiendo temeridad y malicia para la demandada y su abogada. (La abogada que dilato el primer año).

Yo conteste el traslado con jurisprudencia al respecto, y en otrosidigo manifestando que se discrimine el actuar mio y el de la abogada anterior.
Pero el juzgado 63 de inmigrantes 4º sanciono a la demandada y a sus letrados patrcinantes, sin hacer distincion alguna, con una multa de 3000 pesos.
La verdad es que no se que hacer.

Fui a la comision de defensa del abogado y me dijeron que haga la denuncia, pero quien me atendio no entendia mucho. No sabia siquiera que decia el art. 45 de temeridad.
Pero lo peor es que estaba super interesado en que presente la denuncia.
Si presento la denuncia no solo no logro que me revoquen la multa, sino que encima el colegio me puede volver a sancionar segun me dijeron, y esta persona de la defensoria del abogado no me lo advirtiò.
Me parecio que lo unico que les interesa es discutir con la justicia quien me debe sancionar. quieren conseguir el poder sancionador.

Busque ayuda en abogados amigos pero ninguno tiene la experiencia necesaria en el tema de multas y sanciones por temeridad.

Hace una semana que no duermo bien por esto y cada dia estoy peor.

Si tengo que pagar la multa no seria el problema. Puedo conseguir prestado a mis amigos y ami novia, pero lo que mas me preocupa es las sanciones en el colegio.

Si es tan delicada nuestra estabilidad como abogados. Si por cualquier cosa podemos caer en infraccion y tener que estar pagando, y peor aun ser sancionados por el colegio.
Entonces no se puede ejercer.
Pago $15 de bono en cada expediente para mantener a un colegio que encima me sanciona y me puede impedir ejercer.
Por suerte ya se derogo cassaba, pero realmente me da la impresion que esto de que la sociedad odia a los abogados se ve plasmado en la persecucion a la profesion.
Ni el colegio nos quiere.
Ni entre abogados nos queremos?

No es el unico juicio en que me pidieron temeridad, y si entre abogados pedimos que las anciones se hagan extensivas a los colegas, y vamos al colegio a denunciarnos entre nosotros, entonces tengo que entender que ya no es la sociedad que nos desprecia. Ni nosostros nos queremos.

Somos tal vez la profesion mas odiada y discrminada.
Ya que nadie nos quiere.
Podriamos ser mas unidos entre nosotros.

Disculen la catarsis.
En definitiva les cuento que recurro a sutedes que son el unico lugar existente en que encentro ese sentido de fraternidad que no encuentro ni en mis familiares desde que me recibi de abogados.
Leo el portal y veo el aprecio que se demuestra por el par y me reconcilio con la especie humana.

Es por eso que recurro a uds.
Necesito un abogado! Jamas lo hubiera pensado jajaja!!
Quiero pagarle la consulta a un especialista en esto de las sanciones, que me ayude a salir de esta situacion.
Y todas las recomendaciones y ayudas y palabras que me quieran decir seran agradecidas.

Mi mail es pablo_PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com y voy a estra pendiente de todo lo que me escriban por favor.
Y desde ya GRACIASSSSSSSSSSSSSSSS

pablo
 #247361  por Dr. 8
 
Estimado Pablo,

Interponga un recurso de reposición con apelación en subsido, dando cuenta que su actuar profesional no configuró la malicia procesal en los términos del art. 45 del CPCC.

Respecto a la admisibilidad de la sanción administrativa, consulte al forista Tanyev que es un especialista en la materia.

Saludos cordiales,
 #247396  por LIVAN
 
Pablo:
Coincido con el Dr. que debés interponer reposicion y apelacion en subsidio (ojo con los plazos, fijate que no se te hayan vencido), tiene que al menos concederte la apelacion a los fines de poner ante la Cámara fundar tus agravios. Muchas veces sirve lo que acá en Córdoba se llama "alegato de oido" es decir pedir una charla con la secretaria e incluso a veces con el mismo juez y plantearle verbalmente el problema, al menos para que tengan una ideal cabal del tema, pasa que a veces la cantidad de casos hacen que se comentan injusticias como la que te pasa a vos. Respecto de las eventuales sanciones, yo haria presentacion formal (espontanea) ante el colegio respectivo a los fines que evaluen tu caso. Te comento porque yo en Córdoba tengo problemas con un colega que en todos los casos me pide sanciones, nunca le han dado bolilla pero verdaderamente te produce un desgaste intelectual innecesario y en cada juicio tengo que hacer ver a VS que son infundadas. Lamentablemente el colegio donde estoy matriculado (en pcia de Córdoba) no toma cartas en el asunto y me remite a formalizar presentacion ante el Tribunal Diciplinario.
Un viejo colega me supo decir una vez que "tu peor enemigo ES TU PROPIO CLIENTE", tenelo siempre en cuenta, porque al tomar el caso, tendria que haberte dado los pormenores del tema realizado por la anterior abogada.
Un saludo y espero salgas adelante, yo llevo 10 años de profesion y sí tenes razon esta ers una profesión insalubre, pero con el tiempo como que lo tomas con mas filosofia. Chau.- IVAN
 #247407  por GU
 
En primer lugar, corresponde destacar, para quienes no lo conozcan, que el Civil 63 da ASCO.

Hay renuncia del letrado anterior? Es de tu mismo estudio o tienen el mismo domicilio legal constituido? Mas alla de las impugnaciones, como se mantuvo durante un año sin contestar demanda pero presentado en juicio (ya que sino no pudo haber presentado escritos)?

Si vos te presentas con posterioridad a la actuacion de otro letrado, no sos responsable por lo que este letrado hubiera causado, eso es logico.

Respecto a que hacer, coincido con los preopinantes respecto a la revocatoria con apelacion en subsidio. Tambien es cierto que el Colegio y los jueces se disputan el poder sancionador, pero si tengo que elegir uno, prefiero el colegio.

Saludos y suerte!
 #247783  por pablointernet
 
Dr. 8 escribió:Estimado Pablo,

Interponga un recurso de reposición con apelación en subsido, dando cuenta que su actuar profesional no configuró la malicia procesal en los términos del art. 45 del CPCC.

Respecto a la admisibilidad de la sanción administrativa, consulte al forista Tanyev que es un especialista en la materia.

Saludos cordiales,

Gracias por contestar!!!!!!!!!
Ya meti la apelacion, la sentencia salio el 1/10 y yo antes siquiera que me llegue la cedula meti la apelacion el 6/10 y la cedula me llego el 7/10, al dia siguiente de apelar.

Apele por la demandada, y en otro si digo apele en nombre propio.

La abogada anterior dilato con tres escritos pidiendo la nulidad de la notificacion en 3 oportunidades por errores nimios en que incurrio la actora.

En la primera nulidad que plantea se ve que le cambio las copias a las cedulas que envio la actora.
La actora le mando cedula de notificacion por el desalojo y otra por la ejecucion de alquileres, y esta abogada le saco las copias a las de desalojo y puso atras las copias que venian con la cedula del juicio ejecutivo, y las devolvio al juzgado manifestando incongruencia y pidiendo la nulidad de la notificacion.
La segunda porque le cambiaron el nombre a la calle y objetó que no seria para ellos, siendo que atras venia el contrato con la firma de la demandada, etc.

De todos modos la actora tardo un año en volver a reenviar 3 notificaciones .
El letrado de la actora me parece que trata tambien de lavar sus culpas endilgando toda su torpeza a la temeridad y malicia de la colega.

Lo cierto es que esta abogada renuncio despues que yo me presente a contestar demanda y pidio se regulen sus honorarios.

Mi duda es que la sentencia dice quer tenemos 10 dias para pagar los $3000, y no se que va a pasar con eso si a los dos meses de revision de la apelacion genera intereses costas o algo, y quien deberia pagarlo????????????????????

Mi cliente tiene un ejecutivo por alquileres en el que el fiador que son los padres estan pagando un convenio de pagos con la actora. Calculo que la actora podria ampliar demanda en ese ejecutivo y pedir conrar los 3000 de ahi?????????????????

(De tan mal que estoy por todo esto no puedo dormir por las noches, lo bueno es que como nunca a las 7:30 ya estoy haciendo procuracion!!)

P.D: Recien ahora me acordaba que un dia estaba en mesa esperando ver el expediente y la secretaria me mira y me dice "ustedes si que la pasan bien" mirandome de pies a cabeza como estaba vestido, porque a mi me gusta vestirme bien. A lo que yo le dije "pero ustedes tiene el sueldo todos los meses", lo que causó el "Siiiiiiiiiiiiiiiiii!!!" de los colegas que estaban en mesa, y una ondanada de reproches subidos de tono a los empleados judiciales.

Agradecere cualquier comentario o consejo por favor!!!!!!!!!!!!!
 #247786  por pablointernet
 
LIVAN escribió:Pablo:
Coincido con el Dr. que debés interponer reposicion y apelacion en subsidio (ojo con los plazos, fijate que no se te hayan vencido), tiene que al menos concederte la apelacion a los fines de poner ante la Cámara fundar tus agravios. Muchas veces sirve lo que acá en Córdoba se llama "alegato de oido" es decir pedir una charla con la secretaria e incluso a veces con el mismo juez y plantearle verbalmente el problema, al menos para que tengan una ideal cabal del tema, pasa que a veces la cantidad de casos hacen que se comentan injusticias como la que te pasa a vos. Respecto de las eventuales sanciones, yo haria presentacion formal (espontanea) ante el colegio respectivo a los fines que evaluen tu caso. Te comento porque yo en Córdoba tengo problemas con un colega que en todos los casos me pide sanciones, nunca le han dado bolilla pero verdaderamente te produce un desgaste intelectual innecesario y en cada juicio tengo que hacer ver a VS que son infundadas. Lamentablemente el colegio donde estoy matriculado (en pcia de Córdoba) no toma cartas en el asunto y me remite a formalizar presentacion ante el Tribunal Diciplinario.
Un viejo colega me supo decir una vez que "tu peor enemigo ES TU PROPIO CLIENTE", tenelo siempre en cuenta, porque al tomar el caso, tendria que haberte dado los pormenores del tema realizado por la anterior abogada.
Un saludo y espero salgas adelante, yo llevo 10 años de profesion y sí tenes razon esta ers una profesión insalubre, pero con el tiempo como que lo tomas con mas filosofia. Chau.- IVAN
Gracias Livan por tu respuesta!!!!!!!!!!!

Ya fui al colegio.
Fui a la comision de fenesa del abogado que hay aca.
Pero si presento la denuncia y el colegio resuleve que fui bien sancionado, a la sancion de la justicia se me va a sumar la del colegio!!!

Aparte le hice otras preguntas sobre como proceder en situaciones en que hay que apelar y no vienen a firmar, y demas relaciones con colegas, y no tenia ni idea, lo unico que queria era que les ayude a discutir quien debe sancionarme, si ellos o la justicia.

Gracias de nuevo Livan!!!
Gracias a todos por los consejos!!!!!!!!
 #247795  por pablointernet
 
GU escribió:En primer lugar, corresponde destacar, para quienes no lo conozcan, que el Civil 63 da ASCO.

Hay renuncia del letrado anterior? Es de tu mismo estudio o tienen el mismo domicilio legal constituido? Mas alla de las impugnaciones, como se mantuvo durante un año sin contestar demanda pero presentado en juicio (ya que sino no pudo haber presentado escritos)?

Si vos te presentas con posterioridad a la actuacion de otro letrado, no sos responsable por lo que este letrado hubiera causado, eso es logico.

Respecto a que hacer, coincido con los preopinantes respecto a la revocatoria con apelacion en subsidio. Tambien es cierto que el Colegio y los jueces se disputan el poder sancionador, pero si tengo que elegir uno, prefiero el colegio.

Saludos y suerte!


Gracias Gu por la respuesta!!!
Consegui un apendice de jurisprudencia del tribunal de diciplina del colegio y cuando lo lei todo me asombrè.
Por estupideces le han sacado la matricula a colegas, y por orrores gravisimos y claramente dolosos y confesados, han aplicado apercibimientos.

La verdad que me da la pauta quer el colegio debe querer tener el poder sancionador para poder pedir plata y repartir favores e influencias.
Seria una herramienta politica aparte para sancionar a los de las otras listas que pugnan por el colegio, y para hacer caja con indultos a abogados de grosa solvencia.

Creo que corremos con las responsabilidades de cualquier civil, asi que a eso sumarle las responsabilidades del colegio y las de las sanciones judiciales es una doble o triple rebundancia.

Es verdad, ya antes de que me sancionen armaba mi lista de los peores juzgados, y el 63 lo ponia en el primer lugar. Lejos.

Tambien el 5º de talcahuano 490 es horrible.

Gracias por tus consejos Gu!!!!!!!!!
Y gracias a todos!!!!!
espero mas consejos y comentarios!!!!!!!!!
 #248470  por feli07
 
Hola! La verdad que lo que te pasó es una verdadera pesadilla. Yo no tengo mucha experiencia en el tema, la verdad es que nunca me pasó algo similar. Atento la gravedad del caso, yo intentaría hablar con el Secretario del Juzgado (o con alguien importante de adentro) para comentarles el caso y preguntarles cuál es el criterio y porqué no diferenciaron tu tarea de la del anterior letrado. Parece una tontera, pero muchas veces cuando hablas personalmente lográs que te entiendan lo que por escrito parece que ignoran. Te deseo mucha suerte. Saludos
 #251622  por pablointernet
 
feli07 escribió:Hola! La verdad que lo que te pasó es una verdadera pesadilla. Yo no tengo mucha experiencia en el tema, la verdad es que nunca me pasó algo similar. Atento la gravedad del caso, yo intentaría hablar con el Secretario del Juzgado (o con alguien importante de adentro) para comentarles el caso y preguntarles cuál es el criterio y porqué no diferenciaron tu tarea de la del anterior letrado. Parece una tontera, pero muchas veces cuando hablas personalmente lográs que te entiendan lo que por escrito parece que ignoran. Te deseo mucha suerte. Saludos
Gracias por tu respuesta Feli
Te cuento que la sancion es en la sentencia de primera instancia, osea que ya hablar con el juzgado no me seria de mucha utilidad ya que resuelve camara.
Nunca pedi hablar por un expediente en camara.
Te dan bola?

Graciassssssss!
(P.D: Apele y hoy en internet todavia esta el "Devuelta que sea la cedula se proveera" para ver si apele en tiempo y forma.)
 #395134  por pablointernet
 
HOLA CORRELIGIONARIOS!!!!!!!!!

ME LEVANTARON LA SANCION!!!!!!

CAMARA REVOCO Y EL JUEZ GOGGI SE TUVO QUE::::::(/$""!$&/(()))) LA SANCION

EL FALLO DE CAMARA ES UNA RECOPILACION BASICA DE LAS 5 JURISPRUDENCIAS GENERALES SOBRE TEMERIDAD Y MALICIA, Y EL UTLIMO PARRAFO SE REFIERE AL CASO EN CONCRETO:

"EN EL PRESENTE CASO, SIN PERJUICIO DE DESTACAR QUE RESULTARON CONTRADICTORIAS LAS DEFENSAS OPUESTAS POR LOS DEMANDADOS CON EL ACTUAL LETRADO PATROCINANTE CON LAS ESGRIMIDAS POR SUS DEFENDIDOS A FS. 36/38 Y 58/59 CON LA ANTERIOR DIRECCION LETRADA, TANTO LOSPLANTEOS JURIDICOS PLANTEADOS (SIC) COMO LA CONDUCTA ASUMIDA EN LA CAUSA A PARTIR DE SU ACTUACION DE FS. 85/95 NO PERMITEN CONCLUIR QUE EL LETRADO HAYA ACTUADO CON MALICIA O TEMRIDAD, EN LOS TERMINOS DEFINIDOS PRECEDENTEMENTE.
POR LO EXPUESTO EL TRIBUNAL RESUELVE: REVOCAR..."


GRACIAS A TODOS LOS QUE ME HICIERON SENTIR ACOMPAÑADO CON SUS COMENTARIOS Y CONSEJOS!!

A TODOS LES DESEO MUCHOS EXITOS Y A NO ABATATARSE AL MINIMO PERCANCE COMO HICE YO!!

GRACIAS!!! TOTALES!!!

Y JUSTICIA PARA TODOS!!!!!!!
 #396070  por feli07
 
Que bueno Pablo! Felicitaciones!!!!! Y ahora a seguir trabajando, pero con mas tranquilidad no? jaja Saludos :D
 #396076  por DoctorPiccafeces
 
Te felicito pablo, esta profesión tiene algo que no tiene otras:

El médico lo trata a su paciente y no tiene que vérselas con otro médico contrincante, su palabra profesional -acertada o desacertada- es la que decide. El contador asesora a su cliente y no debe vérselas con otro contador, su asesoramiento -correcto o errado- es el que vale. Luego, sus pacientes o clientes verán si siguen con ese profesional o no, pero el ejercicio es netamente unilateral.

En cambio el abogado en litigio somete su trabajo al control de otro colega litigante y al de un juez, por lo cual la decisión final no recae en el, sino en lo que un tercero (un juez, o una sala) deciden.

Esto te va a traer varios sinsabores, ya que no está en tu control total el resultado de tu trabajo por impecable que lo hayas hecho ya que la valoración final la hacen pares tuyos (un juez no es un semidiós, sino un abogado igual que vos) que pueden cometer errores o estar sujetos a todas las debilidades e imperfecciones humanas.

De todos modos, que no decaiga porque a pesar de este y otros tantos sinsabores que tiene la profesión (algunos clientes ingratos, otros demandados escurridizos, el sistema judicial que apesta y algunos colegas asimilables a batracios) esta profesión, creativa como pocas y donde podés ayudar a conseguir libertades y defender patrimonios, te brinda satisfacciones personales que otras no te pueden dar, como aquella que sentiste cuando leíste el fallo de cámara que revocó la primera instancia, que -al margen de evitarte la sanción- es un reconocimiento a tu modo de pensar, a tu encuadre jurídico, en definitiva a tu capacidad.

Felicitaciones, y a seguir remando.