Les hago una consulta respecto a un juicio por alimentos en Pcia que terminó en Julio, al acordarse en la audiencia el monto que el alimentante iba a pasar (25% del sueldo más asignación. familiar). El acuerdo fue homologado, notificado y también se libró testimonio.
El problema es que el demandado deposita cada quincena una cantidad “X”, que al no tener mi clienta el recibo de sueldo, no sabemos si está cumpliendo conforme a lo acordado o la está pasando...
Solicitamos al Juzgado que se dicten las medidas necesarias para que mi clienta pueda corroborar el correcto cumplimiento, y el juzgado ordenó librar oficio a la empleadora para que esta le dé el recibo a mi cliente.
Hace 15 días que lo diligenciamos, y hasta ahora no tuvimos respuesta de la empresa.
La cuestión es que no se si pedir un oficio reiterando dicho pedido, o pedir directamente en el juzgado que lo acordado en la audiencia, se le descuente del haber todas las quincenas.
Lo otro sería solicitar que se oficie al banco donde la empresa le deposita el dinero, para que informe cuanto es lo que realmente cobra.
En realidad no se cual de todas estas medidas será la más efectiva, o la que el tribunal me acepte.
En caso de que se pruebe que el demandado pasó de menos, que debo hacer, iniciar un incidente por incumplimiento, o dentro de ese mismo expte debo denunciarlo?
En caso de que se haya pasado menos plata, debo hacer yo la liquidación? Como se hace la misma aplicando los intereses correspondientes?
A quien haya transitado por alguna situación parecida, ruego que me aconseje cual es el camino más rápido para conseguir que se cumpla con lo acordado.
A todo esto el demandado dijo que él nunca iba a dar el recibo y que si la empresa se lo descontara de sus haberes en forma directa, iba a renunciar a la misma.
Conviene denunciar esto o no vale la pena?
Saludos y gracias a quien pueda ayudarme.
El problema es que el demandado deposita cada quincena una cantidad “X”, que al no tener mi clienta el recibo de sueldo, no sabemos si está cumpliendo conforme a lo acordado o la está pasando...
Solicitamos al Juzgado que se dicten las medidas necesarias para que mi clienta pueda corroborar el correcto cumplimiento, y el juzgado ordenó librar oficio a la empleadora para que esta le dé el recibo a mi cliente.
Hace 15 días que lo diligenciamos, y hasta ahora no tuvimos respuesta de la empresa.
La cuestión es que no se si pedir un oficio reiterando dicho pedido, o pedir directamente en el juzgado que lo acordado en la audiencia, se le descuente del haber todas las quincenas.
Lo otro sería solicitar que se oficie al banco donde la empresa le deposita el dinero, para que informe cuanto es lo que realmente cobra.
En realidad no se cual de todas estas medidas será la más efectiva, o la que el tribunal me acepte.
En caso de que se pruebe que el demandado pasó de menos, que debo hacer, iniciar un incidente por incumplimiento, o dentro de ese mismo expte debo denunciarlo?
En caso de que se haya pasado menos plata, debo hacer yo la liquidación? Como se hace la misma aplicando los intereses correspondientes?
A quien haya transitado por alguna situación parecida, ruego que me aconseje cual es el camino más rápido para conseguir que se cumpla con lo acordado.
A todo esto el demandado dijo que él nunca iba a dar el recibo y que si la empresa se lo descontara de sus haberes en forma directa, iba a renunciar a la misma.
Conviene denunciar esto o no vale la pena?
Saludos y gracias a quien pueda ayudarme.
Hay un remedio para las culpas...RECONOCERLAS!!!