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  • CONSULTA SOBRE HOMICIDIO CALIFICADO

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 #247434  por Lucero
 
BUENAS TARDES A TODOS: QUISIERA HACERLES UNA CONSULTA YA QUE NO ME DEDICO A PENAL. EL TEMA ES EL SIGUIENTE.
ME VIENE A VER LA MADRE DE LA PERSONA FALLECIDA, LA CUAL MUERE COMO CONSECUENCIA DE HOMICIDIO PRACTICADO POR EL ESPOSO DE ÉSTA ÚLTIMA.
ESTA PERSONA (EL IMPUTADO) SE DESEMPEÑABA EN LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.
PREVIO AL HECHO, HUBIERON UNA O DOS DENUNCIAS POLICIALES POR PARTE DE LA VICTIMA, COMO CONSECUENCIA DE MULTIPLES AMENAZAS DE SU MARIDO, EL CUAL HACIA VARIOS MESES QUE SE HABIA RETIRADO DEL DOMICILIO CONYUGAL.
ES ASI COMO, ANTES INCLUSO DE DICTARSE UNA EXCLUSION PERIMETRAL, EL ESPOSO PROCEDE A PRACTICARLE DOS DISPAROS EN LA VIA PUBLICA, LOS CUALES LE PROVOCAN LA MUERTE EN FORMA INSTANTANEA. EL AGRESOR INTENTA SUICIDARSE, PERO EN LA ACTUALIDAD SE ENCUENTRA FUERA DE PELIGRO, AUNQUE DESCONOCEMOS LAS SECUELAS Y EL ESTADO EN GENERAL DEL MISMO. ESTA PAREJA TENIA DOS HIJOS MENORES DE EDAD, LOS CUALES SE ENCUENTRAN ACTUALMENTE CON SU ABUELA MATERNA.
TOMANDO VISTA DE LA CAUSA, OBSERVO QUE EL JUEZ DE GARANTIAS, A 28 DIAS DE PRODUCIDO EL HECHO ORDENA LA LIBERTAD DEL IMPUTADO, SEÑALANDO A TALES EFECTOS QUE LA MISMA RESULTA COMO CONSECUENCIA DE QUE EL AUTOR DEL HECHO NO TIENE ORDEN DE CAPTURA (OBVIO SI EL MISMO SE ENCUENTRA AUN INTERNADO). ES ASI COMO, SIN EXISTIR EN LA CAUSA ACREDITACION ALGUNA POR PARTE DE LAS AUTORIDADES SANITARIAS NI MEDICO LEGISTA ALGUNO, Y HABIENDOSE FIJADO FECHA PARA LA INDAGATORIA, SE HACE PRESENTE EL HERMANO DEL IMPUTADO SEÑALANDO QUE EL MISMO SE ENCONTRARA INTERNADO UN TIEMPO MAS Y QUE EL MISMO SE HARA CARGO DE LLEVARLO A UN CENTRO DE REHABILITACION (NO SABEMOS SI PSIQUIÁTRICA O FISICA YA QUE EN LUGAR ALGUNO DEL EXPTE. NO FIGURA CUAL ES EL ESTADO DE SALUD DEL AUTOR DEL HECHO NI CUALES SON LAS CAUSAS POR LAS CUALES A LA FECHA NO SE PRESENTO A LA INDAGATORIA). VERDADERAMENTE ESTO ME PARECE UN HORROR Y CONSIDERO QUE SI NO SE CONSTITUYE LA FLIA. DE LA VICTIMA COMO PARTE QUERELLANTE ESTO QUEDARA EN LA NADA.
PODRIA ALGUNO DE USTEDES INDICARME COMO PUEDO SEGUIR CON ESTE TEMA?. CONSIDERO QUE SERIA CONVENIENTE QUE PRESENTEMOS EN EL EXPTE. LAS DENUNCIAS POLICIALES ANTERIORES Y DENUNCIEMOS LA EXISTENCIA DE TESTIGOS QUE PODRIAN DEMOSTRAR QUE ELIMPUTADO NO ACTUO EN ESTADO DE EMOCION VIOLENTA, TODA VEZ QUE LOS MISMOS HAN SIDO TESTIGOS PRESENCIALES DE MAS DE UNA DE LAS AMENAZAS QUE LE PRACTICARA A LA VICTIMA.
POR OTRA PARTE, LA ABUELA DE LOS MENORES QUIERE PEDIR LA GUARDA DE LOS MISMOS Y SOLICITAR ALIMENTOS AL PADRE. SABEMOS QUE LA PREFECTURA CONTINUA DEPOSITANDO LOS HABERES DEL MISMO. EN ESTE TEMA, SOBRE TODO QUE DEBEMOS MENCIONAR LA CAUSA PENAL EXISTENTE AL MOMENTO DE PEDIR LA GUARDA, DEMOSTRANDO QUE LOS MENORES NO PUEDEN ESTAR A CARGO DE SU PADRE, YA QUE DESCONOCEMOS EL GRADO DE PELIGROSIDAD DEL MISMO, LES PIDE SI ALGUNO DE USTEDES PUEDE GUIARME EN EL TEMA.
MUCHAS GRACIAS
 #247462  por Moniluj
 
Hola, presentate en el expediente y solicitá que la madre (o los padres) de la mujer asesinada sea aceptada como parte querellante (en pcia: particular damnificado), en el mismo escrito de querella pedí medidas: la principal que indaguen al imputado, luego que libren los oficios correspondientes para conocer el estado de salud física del acusado y pedí tb una pericia psiquiátrica.
 #247926  por PenalistaCBA
 
Doc. acordate que en nuestro sistema penal represivo, es garantía constitucional de todo imputado, de que sí existe una investigación penal dirigido en su contra, es su derecho constitucional que la soporte en libertad; sólo la existencia de serios riesgo procesal fundamentará la procedencia del encierro anticipado, por lo que de no existir dichos riesgos, por más cruel que sea el delito, lamentablemente el imputado estará en libertad hasta el juicio.
Si tenes más inquietudes, me enviás un mail a defensas_PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com.ar - Un abrazooo... 8)
 #248234  por luchbet
 
hola como bien dijo el colega presentate en el expediente , no se si estas en capital o en provincia, porque si estas en el primero te constituis en Querellante en tanto en Provincia vas a constituirte como Particular Damnificado, ademas fijate que hay varios fallos respecto a estas figuras "SANTILLAN" con en este fallo se te va a permitir al momento de la Requisitoria al Juicio o Sobreseimiento manifestarte es decir invocarlo vos en capital si es que no lo hizo la fiscalia.Y si estas en Provincia ademas fijate este fallo storchi, ademas de otro fallo Ojeda- carrasco en todos es tos fallos se le reconoce al querellante o Particular Damificado entervenir cuando no lo hace la fiscalia.Suerte