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  • OFICIOS EN LA DEMANDA SOBRE INFORM DE TESTIGOS CONTRAPARTE

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #248023  por ALEJANDRA VALLADARES
 
Hola!!!. en base a un caso particular que tuve esta semana, me surgió un interrogante.
Presento una demanda, reclamo periodo de 3 años en negro anteriores al blanqueo laboral, presento testigos que declaran haber trabajado en negro, algunos en negro y otro tiempo en blanco, que mi clienta trabajaba en negro, etc.
Cuando declaran los testigos de la otra parte reconocen que trabajaron en negro, unos años, y despues los blanquearon, pero oh!. no se acordaban en que fecha los blanquearon..aunque si se acordaban que mi clienta inició cuando la blanquearon (eran el encargado de la fabrica y la noviecita del dueño).
Entonces dije, que no habia presentado pruebas como oficios librados al anses sobre las fechas de cese o de alta de estos testigos para probarle a la jueza desde cuando los blanquearon, ya que ellos dijeron no recordarlo.
Esta es mi pregunta.
Puedo solicitar al hacer la demanda se libre oficio al anses o al afip, a los fines de que determine estos datos de los testigos de la demandada??. teniendo en cuenta que no se a quien va a poner la demandada como testigo....
porque no creo que lo pueda poner ni como hecho nuevo, ni pedirlo en el segundo traslado...que opinan????
en la situación que quedé, me moría por decir que los testigos de la demandada los blanquearon hacia unos meses y no podía porque en el alegato tuve que referirme a las pruebas producidas y no lo podía probar...
 #248030  por ActiveXPRO
 
Qué buen planteo Alejandra!.
Yo creo que lo podés pedir perfectamente en la demanda (Ppio. de Defensa y Debido Proceso). Yo lo hago en materia Civil, ej. pido informes a una repartición y al ofrecer esa prueba, me reservo o hago reserva de pedir una pericia o un oficio, para el caso que aquel informe diera resultado positivo (o negativo según el caso y mi interés). Nunca tuve que llegar a producir esta segunda prueba accesoria (nunca hubo necesidad), pero, supongo, tendría que proceder.
No creo que puedas -como hecho nuevo- producir nuevas pruebas. Sí, en el caso de nuevo hecho, pero me parece que el planteo no encuadra como nuevo hecho.
Además hay que analizar el momento procesal que se plantea el problema: aud. vista causa, previo al veredicto. Habría que suspender los plazos y conceder esa prueba, y más allá del derecho de la parte, se necesita la prudencia (y un poco más) del juez que lo haga viable. Te pueden salir con el ppio. de preclusión para zafar (cualquier cosa).
Voy a seguir pensando...
 #248039  por DAL
 
Alejandra siempre me pregunté como hacer para desenmascar estos testigos. En tu caso, en el alegato, podés hacer leña de la fragilidad de su memoria para lo propio y fortaleza para lo ajeno. Y si tus testigos ya declararon que ella entro antes y los de ellos reconocen irregularidades registrales, croe que no vas a tener problemas.

Ahora bien, lo de los testigos yo lo puedo manejar solamente en un incidente de tacha o en una imputación de falso testimonio, donde se ofrece prueba. En tu caso se acreditaría en esta prueba la fecha en que fueron blanqueados ellos.

Pero el hecho es: para que te sirve saber en que fecha fueron blaqueados ellos, si ahora o hace poco???? en relación, digo, a la antiguedad de tu cliente. Esta parte es la que no me queda clara.
 #248304  por ALEJANDRA VALLADARES
 
para decir en el alegato que entraron en tal fecha, probando la irregularidad total en la registración ya que estuvieron años trabajando en negro. o para negar que trabajaron por ejemplo, si se me ocurriera crear una situación donde yo niego que estos existieran al momento de que mi clienta estaba. que se yo. Yo moría en el final de la vista de causa,d e recordarle a una que "no se acordaba", que la habian blanqueado hacía apenas un año, apenas empezó el intercambio telegráfico de mi clienta", pero la señora se acordaba bien sin embargo (cosa que los jueces le dijeron) en que fecha ingresó mi clienta...
Te da mucha rabia no poder decir, con fundamento, en que fecha se regularizó, ya que no podés decir cosas que en la causa no´están confirmadas, como por ej con un informe u oficio, con una sábana de aportes de anses. etc.
Otro error que cometí es que al presentar fotos de los empleados, no pedí que de ella se haga un reconocimiento de las personas habidas en ellas. Y me perdí la prueba. Bueno. así se empieza. creo que igual fue todo muy bien con los testigos, pero me quedaron estas dos cuestiones a resolver para no cometer más los mismos errores en el futuro...
gracias chicos...