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 #248642  por herminia
 
Ya me aclararon un poco , respecto a q tengo q aplicar el Art 6 Dec 7979/56, a una empleada q deja de trabajar por prob. de salud, ella estaba debidamente inscripta y el empleador abono mas de 1 mes q le corresp. segun Decreto, o sea culmina la relación laboral y no le corresponde indemnización.
Mi duda pendiente es como se cierra la relación laboral ?? debia preavisar el empleador ?? Una Cert. de SS. es instrumento de prueba de fin de relación lab. ?? Donde se deja constancia de la extinción ??
Otros datos: Existe buena relación con la empleda, esta tramitando Retiro por Invalidez.
No saco nunca la Libreta de trabajo tiene alguna consecuencia para el empleador ??
Gracias desde ya.
Disculpen la ignarancia pero es que soy nueva en este tema, y no soy abogada.
 #248703  por DAL
 
Herminia me parece prudente que deriven el caso a un abogado, para instrumentar un acuerdo de extinción que les sirva a ambas partes y no perjudique la obtención del beneficio de la trabajadora.

SAludos!!