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  • se termino contrato de alquiler que pasa si se cobra?

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 #248742  por leon21
 
hola amigos quiero hacerles una preguntita, tengo una persona que al inquilino se le vencio el contrato, el 30 de agosto de este año, a la fecha el dueño o sea por la parte que estoy no le cobro , ni dio recibo de alquiler, el inquilino sigue viviendo ahi en dicho departamento , tampoco se lo ha intimado todavia, mi pregunta es:
el inquilino se sigue quedando, sigue la garantia del contrato hasta que entregue el inmueble?????
o para que funcione la garantia habria que intimarlo al pago o no ????, que se debe hacer para que subsista la garantia ????, seria no cobrarle hasta que entregue el inmueble???? DESDE YA MUCHAS GRACIAS!!!!
 #248763  por pablin
 
La garantía sigue hasta que termine de cumplir con los alquileres adeudados. Primero intimá al inquilino y, si no paga, al garante.
Si se renueva el contrato, por ejemplo paga todo y continúa pagando por nuevos períodos posteriores a la fecha de vencimiento del plazo, se considera una prórroga tácita pero ahí, el garante deja de ser garante.

Salu2, Pablín.
 #248768  por agresha
 
El contrato de alquiler puede "prorrogarse" tácitamente mediante cobro de la locación después del vencimiento, pero es conveniente hacer un nuevo contrato. Mientras no exista nuevo contrato se mantiene vigente el viejo, pero, ojo con el fiador, puesto que se libera ante las prórrogas o sea, ante la continuidad del contrato. Si tu cliente quiere que el locatario permanezca, basta con realizar un nuevo contrato. Caso contrario, intimarlo inmediatamente e iniciar también, cuanto antes, la demanda de desalojo (para mantener al fiador). Saludos
 #249047  por leon21
 
gracias!, a ver si entendi si lo dejamos y siguen pagando y damos recibo , hay prorroga...pero se pierde el fiador

si sigue sin desalojar intimamos ahora y persiste el fiador es haci???

y si lo dejamos estar y lo intimamos mas adelante sigue el fiador o si o si debemos intimar ya al desalojo para mantener el fiador????? pregunto esto porque hay tres inquilinos mas y se quiere esperar a que se les venza a todos e iniciar el desalojo a todos en conjunto ( aclaro que viven todos en la misma direccion en distintas habitaciones), estara bien esperar o que hacemos'???? que me aconsejan ?????????
 #250738  por agresha
 
Cuando finaliza el contrato, de conformidad con la nueva disposición del Código civil, también se extingue la fianza. Por supuesto que hay un tiempo razonable para interponer acción de desalojo y pve, en el caso de que se adeuden alquileres. Si existen otros locatarios con distinto contrato para el mismo inmueble, estimo que estamos ante una especie de "pensión" donde se alquilan habitaciones. Los contratos son independientes y deben ser tratados con independencia. Espero te sirva. Saludos. Agresha.
 #250837  por perla
 
[quote="agresha"]El contrato de alquiler puede "prorrogarse" tácitamente mediante cobro de la locación después del vencimiento, pero es conveniente hacer un nuevo contrato. Mientras no exista nuevo contrato se mantiene vigente el viejo, pero, ojo con el fiador, puesto que se libera ante las prórrogas o sea, ante la continuidad del contrato. Si tu cliente quiere que el locatario permanezca, basta con realizar un nuevo contrato. Caso contrario, intimarlo inmediatamente e iniciar también, cuanto antes, la demanda de desalojo (para mantener al fiador). Saludos[/quote]

no hay tácita reconduccion. Una vez vencido el plazo de la locacion, cualquiera de las partes puede resolverlo. aunque le siga cobrando los alquileres, y la garantia si los alquileres a la fecha del vencimiento del contrato estaban al dia, no sigue vigente.
 #382596  por leon21
 
HOLA AMIGOS TENGO OTRO CASO, EN DONDE LOS INQUILINOS ESTAN HACE UN AÑO Y MEDIO SIN PAGAR NADA Y NO SE LOS INTIMO.
EL TEMA ES ASI: hace un año y medio que dejaron de pagar el contrato se le vencio hace un año o sea que por contrato la mitad del año anterior no pagaron estando con contrato, luego siguieron durante un año hasta la fecha, pregunto que puedo haccer ????? como puedo iniciar el desalojo????? podre cobrarles los alquileres ???? y en su caso sera de la mitad del año antes que se venza el contrato???? y el año sin contrato???? como me puedo manejar????? mando carta documento intimando que paguen y desalojen?????
DESDE YA MUCHAS GRACIAS!!!
 #382615  por Mordisco
 
INICIA DEMANDA DE DESALOJO:

Señor Juez:

MARIO MONTERO, por su propio derecho, con domicilio real en la calle Segurola 888, y constituyendo el legal (o procesal) conjuntamente con mi letrado patrocinante Dr. ENRIQUE FIGUERAS (Tº.., Fº..) C.U.I.T. n°.......... en la calle José Martí 888, a V.S. me presento y digo:

I. OBJETO:

Que vengo a iniciar formal demanda de desalojo por la causal de falta de pago contra el locatario FERNANDO NEIRA, subinquilinos y/o ocupantes del inmueble de la calle Córdoba 1999, Piso 1°, Departamento “E” de la ciudad de Mar del Plata, por los argumentos de hecho y derecho que paso a exponer.

II. COMPETENCIA:

V.S. resulta competente para entender en estos actuados de conformidad con la cláusula XIV. 1.- del contrato de locación celebrado el día 12 de julio de 1999.

III. HECHOS:

Con fecha 12 de julio de 1999 celebré con la demandada un Contrato de Locación en relación a la Unidad “E” del Piso 1° de la finca sita en la calle Córdoba 1999 de la ciudad de Mar del Plata. El contrato mencionado disponía el pago de un alquiler mansual de U$S 500 pagaderos en el domicilio del locador.
El demandado cumplió con su obligación de pagar los alquileres hasta el mes de octubre de 2001. A partir del mes de noviembre de 2001 dejó de abonar los arriendos, por lo cual me ví obligado a requerirle el pago extrajudicial de lo adeudado.
A tal efecto, el día 10 de diciembre de 2001 le cursé la Carta Documento N°848.401 requiriéndole –de conformidad a la exigencia establecida por el art.5° de la ley 23.091 de locaciones urbanas- el pago de lo adeudado en el domicilio por mí contractualmente establecido dentro del plazo de diez días. El demandado guardó silencio a la intimación cursada, por lo cual me veo en la necesidad de iniciar la presente demanda a fin de recuperar la tenencia del inmueble arrendado.


IV. PRUEBA: Como prueba de mi parte ofrezco la siguiente:

A) DOCUMENTAL:
1. El contrato de locación cedlebrado con el demandado el día 12/7/1999 del inmueble de la calle Córdoba 1999 de la ciudad de Mar del Plata.
2. Carta Documento Nº848.401 remitida al demandado.
B) CONFESIONAL:
Solicito que oportúnamente se cite al demandado a absolver posiciones a la audiencia que se designará en los términos del art.417 del Código Procesal, a tenor del pliego que oportúnamente se acompañará, ante el Juez en lo Civil y Comercial en turno de la ciudad de Mar del Plata en los términos de la Ley-Convenio N°22.172.
C) INFORMATIVA:
Se libre oficio a ENCOTESA a fin de que informe si la Carta Documento Nº848.401 anejada a la demanda es auténtica y fue recibida por el demandado.
D) PERICIAL:
Para el caso en que el demandado desconozca la firma inserta en el contrato de locación anejado y que se le atribuye, solicito se designe perito calígrafo, quien se expedirá sobre su autenticidad.

V. DERECHO:

Fundo la presente demanda en los arts.509, 1197, 1556, 1615 y conc. del C. Civil, y 679 a 687 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

VI. ENTREGA INMEDIATA DEL INMUEBLE:

Que, en razón de haber invocado la causal de FALTA DE PAGO DEL CANON LOCATIVO, y en virtud de las facultades que me confiere el art.684 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, solicito a V.S. disponga la inmediata desocupación del inmueble en los términos del art.680 bis.

VII. PETITORIO:

Por todo lo expuesto a V.S. solicito:

1. Me tenga por presentado, por parte y por constituído el domicilio procesal indicado.
2. Se disponga la agregación de la prueba documental acompañada.
3. Se ordene la inmediata entrega del inmueble conforme lo solicitado en el punto VI. de la demanda.
4. Se corra traslado de la demanda por el plazo de ley, y en los términos de la Ley-Convenio 22.172, quedando habilitado para su tramitación el Dr. Fabián Montes y/o quien este designe.
5. Oportúnamente se dicte sentencia haciendo lugar a la demanda en todas sus partes, con costas.


[firma la parte] [firma abogado patrocinante]

MARIO MONTERO ENRIQUE FIGUERAS

ABOGADO

(Tº.., Fº..)

Fuente: http://www.practicasprocesales.com.ar/caso3.htm

Además del modelo de la demanda tiene modelo de Carta documento al inquilino, Resolución o providencia judicial, Escrito de contestación de demanda, Resolución o providencia judicial, etc
 #382617  por leon21
 
HOLA AMIGOS!!!
HAGO UNA PREGUNTA HACE FALTA INTIMAR POR CD????
Y HAY UN INQULINO QUE PAGO HASTA LA FECHA DE TERMINACION DE SU CONTRATO Y SIGUE VIVIENDO ALLI, TAMPOCO PAGA HACE UN AÑO, TAMPOCO SE LO INTIMO NI SE MANDO CD, QUE SE PUEDE HACER EN ESTE CASO????
AHHHHH Y MI REPRESENTADO ES HEREDERO DE UNA TIA DE EL YA TIENE LA DECLARATORIA DE HEREDEROS, NO POSEE LOS CONTRATOS DE LOCACION , QUE SE PUEDE HACER SI NO SE TIENE LOS CONTRATOS , IGUAL POR DESALOJO????????? SOLO POSEE FOTOCOPIAS Y DE OTRA NO TIENE NI FOTOCOPIAS.
DESDE YA MUCHAS GRACIAS!!!
 #382620  por Mordisco
 
Art 1622 (Cód Civ) "Si terminado el contrato, el locatario permanece en el uso y goce de la cosa arrendada, no se juzgará que hay tácita reconducción, sino la continuación de la locación concluida, y bajo sus mismos términos, hasta que el locador pida la devolución de la cosa; y podrá pedirla en cualquier tiempo, sea cual fuere el que el arrendatario hubiese continuado en el uso y goce de la cosa"
 #382629  por leon21
 
HOLA AMIGOS!!!
HAGO UNA PREGUNTA HACE FALTA INTIMAR POR CD????
Y HAY UN INQULINO QUE PAGO HASTA LA FECHA DE TERMINACION DE SU CONTRATO Y SIGUE VIVIENDO ALLI, TAMPOCO PAGA HACE UN AÑO, TAMPOCO SE LO INTIMO NI SE MANDO CD, QUE SE PUEDE HACER EN ESTE CASO????
AHHHHH Y MI REPRESENTADO ES HEREDERO DE UNA TIA DE EL YA TIENE LA DECLARATORIA DE HEREDEROS, NO POSEE LOS CONTRATOS DE LOCACION , QUE SE PUEDE HACER SI NO SE TIENE LOS CONTRATOS , IGUAL POR DESALOJO????????? SOLO POSEE FOTOCOPIAS Y DE OTRA NO TIENE NI FOTOCOPIAS.
DESDE YA MUCHAS GRACIAS!!!
 #384318  por leon21
 
HOLA COLEGAS!!!
Pregunto: HACE FALTA INTIMAR POR CD????
Y HAY UN INQULINO QUE PAGO HASTA LA FECHA DE TERMINACION DE SU CONTRATO Y SIGUE VIVIENDO ALLI, TAMPOCO PAGA HACE UN AÑO, TAMPOCO SE LO INTIMO NI SE MANDO CD, QUE SE PUEDE HACER EN ESTE CASO????
MI REPRESENTADO ES HEREDERO DE UNA TIA DE EL YA TIENE LA DECLARATORIA DE HEREDEROS, NO POSEE LOS CONTRATOS DE LOCACION, QUE SE PUEDE HACER SI NO SE TIENE LOS CONTRATOS, IGUAL POR DESALOJO?????????
SOLO POSEE FOTOCOPIAS DE LOS CONTRATOS
Y DE OTRA NO TIENE NI FOTOCOPIAS.
DESDE YA MUCHAS GRACIAS!!!
Si me podrian contestar amigos para ver como se puede seguir, desde ya agradecido en el alma a TODOSSSS por sus contestaciones.- ustedes son mi respaldo, GRACIAS!!!