Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • ENFERMEDAD LABORAL

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #249299  por patriciaefay36
 
Hola a todos. Tengo un caso, en el que despidieron a mi cliente por enfermedad laboral. Y la art ofrecio suma de dinero pero no satisface a mi cliente, tengo entendido que puedo demandar civilmente, porque determinados art. de la ley de ART fueron declarados insconstituicionales. Es realmente asi, que por enfermedad laboral puedo demandar en sede civil? solo a la ART o conjuntamente con el empleador? :shock:
Muchas gracias cualquier ayudita que me puedan dar.
Patricia.
 #249317  por DAL
 
Si podés hacerlo, pero no en sede civil sino en sede laboral. Esto esta casi aceptado en todas las jurisdicciones.
Recien te inicias en este tema así que te sugeríria que compartas el caso con un abogado. Tene en cuenta que tu cliente puede cobrar lo que paga la ART y además accionar civilmente, tomando lo recibido a cuenta de lo que corresponsa percibir.
El planteo se hace a traves de la inconstitucionalida del art 39 de la ley de riegos, pero apoyandose en esta norma, que permite la responsabilidad del empledor por dolo se puede avanzar tambien. Se toma la teoría del dolo eventual apoyandose en que la ART ordenó a la empresa adecuar sus medidas de higiene para evitar estas consecuencias, sirve tambien acreditar que los tecnicos de higiene hicieron recomendaciones desoidas. Pero las ARt normalmente hacen recomendaciones desoidas por las empresas. Si a esto le sumás el art. 75 de la LCT, te surge claramente la responsabilidad del empleador sin la declaración de inconstitucionalidad de ninguna norma. Es dificil?? Si!
Pero si el caso lo justifica es un camino alternativo.