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 #249286  por dra. soledad
 
BUENOS DÍAS QUEIDOS FORISTAS!! LOS MOLESTO PARA QUE ME DEN UNA MANO EN UNA CD.
EL TEMA ES EL SIGUIENTE... HACE UN MES QUE NO PAGA EL ALQUILER, EL PROPIETARIO ME PIDE QUE LO INTIME. QUE ME CONVIENE HACER.. INTIMAR AL INQUILINO O DIRECTAMENTE A LA GARANTIA, YA QUE EL INQUILINO NO TIENE UN PESO?
POR OTRO LADO EL TEXTO D LA CD SERIA.

INTIMA PARA QUE TÉRMINO DE 5 DIAS DE RECIBIDA LA PRESENTE, ABONE ALQUILERES ADEUDADOS, MÁS INTERES Y GASTOS DE NOTIFICACION. BAJO APERCIBIMIENTO DE INICIAR ACCIONES LEGALES.QUEDA UD., DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

GRACIAS!!
 #249359  por miltriti
 
soledad, yo intimaria a los 2 bajo el mismo apercibimiento, maxime teniendo en cuenta que si en el contrato, como es de costumbre, el fiador renuncio a los beeficios de excusion y división, la demanda pordes intentarla y ejecutarla contra éste tambien por lo que seria conveniente intimarlo al garante también.
saludos.
miltriti
 #249383  por Gustavo33
 
hola; yo intmaria a los dos, pero tene en cuenta que la intimacion debe ser de minimo 10 dias, segun la ley de alquileres 23091, despues en caso de que no realicen el pago podes iniciar la ejecucion del alquiler citando al garante, fijate en el Cod Procesal art 525 o 535 si no me equivoco, espero te sirva saludos
 #249556  por dra. soledad
 
muchas gracias por sus respuestas.... así lo haré intimaré a los dos..
gracias nuevamente.