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 #249199  por MA. AN.
 
Seguramente esta es una pregunta muy tonta pero por algo se empieza. Tengo que iniciar la declaratoria de herederos de mi abuela. Como hago, presento solo el escrito con la pruebas? cuando se paga la tasa y demas? que poder me tienen que dar mi mama y tios para iniciarla? Gracias
 #249212  por patriciaefay36
 
Hola. Para iniciar la sucesión de tu abuela, tenes que tener la partida de defunción de ella en original, las partidas de nacimiento de cada uno de los herederos para acreditar el vínculo filial si tu abu era casada o viuda, tambien tenes que acreditar la partida de casamiento, en lo posible partida y no libreta, hay juzgados que no las aceptan.
Una vez que tenes toda esta documentación, armas el inicio de la sucesión con un escrito, indicando vínculos y los bienes que pertenecen al acervo hereditario, si no tenes avisame y te lo posteo, y llenar el formulario de inicio, que vas a sortear en Camara.
Una vez iniciada, abren el sucesorio, y despues ordenan edictos, que es por 30 días para que se presenten posibles herederos de tu abuela. Luego de esos 30 días recien podes pedir que se dicte declaratoria de herederos.
Una vez dictada, recién ahí podes inscribir los bienes o vender por tracto o lo que se decida. En ese momento es cuando se paga la tasa de justicia, no en otro momento, este monto varía si la sucesión es de Capital o Provincia, eso lo determina el ultimo domicilio del causante.
Espero te sirva. :lol:
 #249234  por MA. AN.
 
Muchisimas Gracias por tu pronta respuesta. Ahora me queda mas claro. Mi abuela era viuda, tengo que acompañar acta de matrimonio?
 #249774  por abogado1987
 
MA. AN. escribió:Muchisimas Gracias por tu pronta respuesta. Ahora me queda mas claro. Mi abuela era viuda, tengo que acompañar acta de matrimonio?
MA. AN., tenés que acompañar la partida de matrimonio y de defunción del cónyuge de la abuela, el poder debe ser especial (art. 1881 CC)