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 #250385  por yamila
 
Hola
a ver si alguno me puedo guiar , vino una señora con la escritura de la ley pierri a nombre de su mama, la señora fallece, su hija quiere poner la casa a su nombre .En realidad el inmueble es de ella ,pero lo habian puesto a nombre de su mama cuando realizaron el tramite.
AHora hay alguna forma de trasmitir ?
se puede volver a inicar todo a nombre de la hija?
la Sra tiene hermanos. y es casada.
desde ya les agradesco cualquier ayuda que puedan darme, o donde averiguar.
 #252030  por mcfgdm
 
Podrías averiguar bien en tierras en la provincia de buenos aires. Pero para mí lo único que te queda es hacer la sucesión de la sra. y lograr que los hermanos de la hija que vive ahí le firmen una cesión de derechos sobre ese bien, porque no veo otra manera. Igual por las dudas averiguá bien en tierras.

Cecilia
 #257629  por Shilton
 
La ley Pierri (24374) establece un régimen de regularización dominial en favor de ocupantes que acrediten la posesión pública, pacífica y continua durante 3 años. Por lo que escribiste, el trámite administrativo ya está terminado e inscripto en el RPI. En este caso, la unica alternativa ees hacer la sucesión. (si no estuviera terminado el trámite administrativo, podrías hablar en el Sector Tierras, que en general son flexibles y atienen situaciones de hecho).