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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #250724  por sog
 
Juicio en Capital Federal. Supongamos que en la audiencia de absolución de posiciones el abogado de la contraria se opone alguna de las preguntas, que sucede?
 #250756  por Taneyev
 
Tienes una opción: aceptar la oposición y desistir de la pregunta, o insistir en su
procedencia, en cuyo caso deberá resolverse de inmediato por el Secretario o el
juez. Pero si le dán la razón al oponente, te pueden imponer las costas de la
incidencia.
 #250777  por sog
 
El oponente debe fundamentar en el momento? puedo contestar esa oposición?
 #250799  por sog
 
Una duda más, si la audiencia se fijo a posteriori de la contestación del traslado de la demanda en la cual se fijaron hechos nuevos y se ofrecio como prueba absolución de posiciones. El pliego debe contener las preguntas de la demanda (donde también se ofrecio absolución) y la de los hechos nuevos o solo la de los hechos nuevos?
 #250857  por Taneyev
 
El oponente debe fundar su oposición.No basta con oponerse o decir que es improcedente.
Debe manifestar porqué lo considera así. Y las posiciones pueden referirse a cualquier
hecho personal del absolvente que haya sido argumentado, y discutido o negado por el
ponente.