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 #249490  por VER
 
Hola foristas!!!!
Tengo que hacer un reclamo en una compañía de seguros por un accidente ocurrido el martes pasado. En el hecho, la víctima que andaba en bicicleta fue golpeada por una camioneta. Si bien la víctima fue al hospital, no sufrió lesiones (salvo algún raspón) , pero si daños materiales. Sin embargo, varios días después tuvo que ir nuevamente al hospital porque continuaban los dolores y recién allí le hicieron una placa, en donde confirmaban que simplemente se trataba de un golpe.
Por favor si alguien tiene algún modelo y me lo puede enviar, se lo agradeceré.
Además quisiera saber si alguien sabe el plazo para presentar dicho reclamo en la compañía, ya que el cliente vino a verme varios días después del hecho, no tomó los datos pertinentes de la compañía de seguros y los estoy averiguando.
Muchas Gracias
 #251151  por Moniluj
 
Hola: Fijate en la ley de seguros, 3 días desde que ocurrieron los hechos.
 #251154  por Taneyev
 
Tres días para hacer la denuncia en la propia aseguradora. Pero para reclamar en la del
otro causante no hay un plazo determinado. Se puede hacer después.
 #251256  por PenalistaCBA
 
Amigo... el plazo de 3 días para denunciar el sinietro es sólo para el asegurado (surge de la ley de seguros y la póliza) ; pero en ningún caso limita a la víctima del siniestro para su reclamo, ya sea ante la compañia o contra el actor del evento dañoso. En tu caso el plazo para reclamar es de 2 aNõs, y surge del C.C.( plazo de prescripción de responsabilidad extracontractual)- Te recomiendo que le duela un poco más los huesos a tu cliente!!!... así podes reclamár otros rubros, y no simple daños materiales!!!...jejejee... 8)
 #251268  por Taneyev
 
Pero no dejes pasar mucho. Los clientes lesionados suelen tener la desconsideración
de mejorarse con el tiempo, y alguien que a los 6 meses podría dar una incapacidad del
30%, tal vez a los 18 meses le quede un 10.
 #251308  por ActiveXPRO
 
No comparto el criterio del colega preopinante.
Concidero que es una opinión que no encuentra ningún ascidero médico - científico.
Nunca he visto a un traumatólogo que diga: "este paciente hoy que está todo quebrado tiene un 30% y después de la rehabilitación tendrá un 10%". Realmente es inaudita esa afirmación. Creo que hay que reflexionar mejor las cosas.
El profesional médico determina el daño concreto con una oscilación de entre 5 a 7 % de probabilidad, y generalmente se equivocan bien poco al respecto.
Cualquiera sabe que el fracturado encuentra dificultad para movilizarse momentaneamente, pero mi amigo, eso no es incapacidad.
 #251309  por Taneyev
 
Por lo que cuenta Ver, no hay lesiones incapacitantes. Lo que podrá reclamar serán
gastos, el valor de la bicicleta o los arreglos, lucro cesante si lo hay, y daño moral.
 #251310  por ActiveXPRO
 
Taneyev escribió:Pero no dejes pasar mucho. Los clientes lesionados suelen tener la desconsideración
de mejorarse con el tiempo, y alguien que a los 6 meses podría dar una incapacidad del
30%, tal vez a los 18 meses le quede un 10.
No sea irresponsable.
 #251317  por Catita_1
 
Te comento que es lo que hago yo, preparo una carpeta con los datos de tu cliente y los hechos, los estudios que le hicieron , obio solo copias, espero tengas el nº de patente y nombre de la aseguradora., llamas para que te digan el nº de siniestro , algunas te lo dan por fono otras personalmente, yo lo hago ver por medico legista que este preparara un informe medico.Y te presentas ante la comp. o por fono pedis revisacion medica o lo haces por mediacion publica o privada.Reclamas las lesiones, los dias que perdio de trabajar, gastos medicos ( detalla medicamentos), daños materiales, el moral en esta etapa no te lo pagan, asi que ni lo pongo.
Hay causa abierta en sede penal, eso suma bastante, si la hay pone tambien en la carpeta los datos de la causa, nº y donde tramita.
Te mando por mp. modelo de una carpeta que hice y me fue bastante bien.
Un abrazo.
 #251340  por Taneyev
 
No sea irresponsable.[/quote]
Guárdese ese tipo de opiniones en el bolsillo y omita en el futuro los calificativos personales,o se verá en problemas.
 #251383  por ActiveXPRO
 
En qué tipo de problemas me meterá Ud. Teneyev??
Que clase de amenaza es esta. Trate de ser mas concreto.
 #251385  por ActiveXPRO
 
Taneyev escribió:No sea irresponsable.
Guárdese ese tipo de opiniones en el bolsillo y omita en el futuro los calificativos personales,o se verá en problemas.[/quote]

¿¿¿Desde cuando se permite Ud. amenazarme???
¿¿A qué se refiere cuando dice que me veré en problemas???
 #251386  por ActiveXPRO
 
Taneyev escribió:No sea irresponsable.
Guárdese ese tipo de opiniones en el bolsillo y omita en el futuro los calificativos personales,o se verá en problemas.[/quote]

Le exigo ya mismo que se retracte. Y no estoy bromeando señor.
 #251387  por ActiveXPRO
 
Taneyev escribió:No sea irresponsable.
Guárdese ese tipo de opiniones en el bolsillo y omita en el futuro los calificativos personales,o se verá en problemas.[/quote]
TANEYEV USTED ES UN IRRESPONSABLE QUE ACONSEJA SOBRE LO QUE NO SABE.
 #251388  por ActiveXPRO
 
Taneyev escribió:Tres días para hacer la denuncia en la propia aseguradora. Pero para reclamar en la del
otro causante no hay un plazo determinado.
Se puede hacer después.
TANEYEV ESTA ES OTRA IRRESPONSABILIDAD DE SU PARTE
¿CÓMO PUEDE DECIR QUE NO HAY UN PLAZO DETERMINADO PARA RECLAMAR UN DAÑO EXTRACONTRACTUAL???

Cód. Civil art. 4037. [Prescríbese por dos años, la acción por responsabilidad civil extracontractual.] (Texto según ley 17.711.)