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  • codemandados rebeldes mal notificados urgente

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #252301  por afscotto
 
Tengo el siguiente caso: a una SA y su presidente se les dio traslado de una demanda, pero fueron notificados a domicilios que no corresponden. Ahora estan rebeldes, aclaro los domicilios fueron mal informados por la igj y el padron electoral porque no los tenina actualizados. Yo tengo copia de la demanda del socio pues la dejaron en el anterior domicilio bajo responsabilidad de la actora y el portero le aviso que habian tirado bajo la puerta del edificio la demanda. El presidente no quizo contestar demanda porque tiene prubas suficientes para demostrar que su domicilio real es otro desde hace un año como ser, DNI, carnet de conducir, contrato de locacion entre otros. Con respecto a la sociedad al momento de notificar ya habia cambiado el domicilio legal y se habia publicado en el boletin oficial 5 dias antes del traslado de la demanda.
Mi pregunta es : Estando los dos rebeldes como puedo plantear la nulidad de la notificacion si se supone que ambos codemandados no estan al tanto del inicio del juicio? Es urgentisimooooooooooooooo
 #252329  por MORGAN
 
Si Uds. hicieron las cosas bien no hay de que preocuparse, Yo no haría nada. El inconveniente lo puede tener tu cliente si por ej. le traban embargo a las cuentas bancarias, pero por el resto hay tiempo para plantear la nulidad, llegado el caso te comunicás con el abogado de la contraparte y le planteás como es la situación que además puede ser útil para negociar.
 #252508  por afscotto
 
Te doy mas datos de la Empresa
Libro de actas de asamblea: cambio de domicilio enero/2008
Publicacion en el boletin oficial 29/04/8
Inscripcion en IGJ 15/5/8
Notificacion sale el 5/5/8
Se tiene por no contestada la demanda en 5/6/8
 #252581  por DAL
 
Yo creo que estan bien notificados, ya que la cedula salio antes del cambio de domicilio en la Igj.
NO te puedo aconsejar sobre si presentarte o no poqrue acá el rebelde puede comparecer en cualquier momento. El tema es que pierde los pasos procesales dados. Y en laboral no hay rebeldía así que no sabria que decirte. Pero presentarse cuanto antes y aportar la prueba que se pueda, segun el estado procesal, es lo más util.