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  • SUCESION. DECLARATORIA. COMO SIGO?

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 #252405  por polyher
 
HOLA COLEGAS.!
ESTOY CON MI PRIMERA SUCESION, Y POR SUERTE TODO ANDA SOBRE SUEDAS, PEDI DECLARATORIA Y PASO EN VISTA AL FISCAL.
YO LO QUE QUIERO SABER ES QUE HAGO UNA VEZ QUE TENGO LA DECLARATORIA.
SE QUE TENGO QUE INSCRIBIR LOS BIENES (SON INMUEBLES DE CAP FED), LA SUCESION TRAMITA EN CAP FED TAMBIEN.
LO QUE NO SE ES SI TENGO QUE ABONAR LA TASA PRMERO O QUE ESCRITO TENGO QUE PRESENTAR, O QUE TENGO QUE HACER, ESTOY BASTANTE PERDIDA!!!
SI ALGUIEN TIENE UN MINUTITO Y ME CONTESTA, NO SABEN LA GRAN AYUDA QUE ME DAN,
LES MANDO UN BESO Y GRACIAS.
 #252412  por gaston ramiro gonzalez
 
Hola. Si vas simplemente a inscribir los inmuebles a nombre de los herederos ( y no hay cesiones o la intención de vender a un tercero a través de tracto abreviado, por ejemplo, entre muchas otras posibilidades ), tenés que presentar escrito solicitando esa inscripción, acompañando también los informes de dominio de los inmuebles, el de inhibiciones del causante, liquidando y abonando tasa de justicia y asumiendo responsabilidad por deudas de los inmuebles. Además, según el Juzgado, también pueden pedirte los títulos originales de los inmuebles y la constancia de inexistencia de deudas por A.B.L emitida por la Dirección de Rentas del G.C.A.B.A, etc. Una vez que el juzgado te ordena la inscripción, confeccionar testimonio, dejarlo a confronte y una ver retirado, al Registro ( ahí las minutas de inscripción ) Seguramente alguien recuerda otro recaudo que a mí se me escapa. Espero te sirva.
 #252416  por abogado1987
 
polyher escribió:HOLA COLEGAS.!
ESTOY CON MI PRIMERA SUCESION, Y POR SUERTE TODO ANDA SOBRE SUEDAS, PEDI DECLARATORIA Y PASO EN VISTA AL FISCAL.
YO LO QUE QUIERO SABER ES QUE HAGO UNA VEZ QUE TENGO LA DECLARATORIA.
SE QUE TENGO QUE INSCRIBIR LOS BIENES (SON INMUEBLES DE CAP FED), LA SUCESION TRAMITA EN CAP FED TAMBIEN.
LO QUE NO SE ES SI TENGO QUE ABONAR LA TASA PRMERO O QUE ESCRITO TENGO QUE PRESENTAR, O QUE TENGO QUE HACER, ESTOY BASTANTE PERDIDA!!!
SI ALGUIEN TIENE UN MINUTITO Y ME CONTESTA, NO SABEN LA GRAN AYUDA QUE ME DAN,
LES MANDO UN BESO Y GRACIAS.
polyher, con ...

certificados de dominio de los inmuebles
certificado de inhibición del causante
certificado inexistencia de deuda municipal (ABL) art 85 C. fiscal
valuación fiscal
tasa de justicia
(depende del juzgado> titulos de propiedad en el expte)

pedís se ordene la inscripción de la DH
 #252446  por polyher
 
gracias gracias gracias...........!

No quiero abusar, disculpen, tengo unas dudas mas, es cierto que los informes tienen un vencimiento desde su expedicion?
Es de 30 días?
En que me puede perjudicar eso'?
Como consigo la valuacion fiscal,en la boleta de abl?
y el informe de rentas, tambien, es por escrito que lo pido?

Disculpen disculpen..... que sea tan molesta, les recontra agradezco que me hayan respondido ahora me cambio el panorama y me voy a poner a trabajar, porque quiero hacer todo con responsabilidad y lo mas prolijo posible.
No tengo palabras xa tanta amabilidad....son lo mas.
 #252466  por gaston ramiro gonzalez
 
La validez de los informes del Registro, al menos en Capital es de 60 días corridos ( creo que en Provincia es de 30 ), y se cuenta desde que fueron expedidos por el Registro hasta que los presentás en el juzgado con el escrito. No importa si luego el trámite se demora por diversas razones en el juzgado y al momento de inscribir, por ejemplo, pasaron más de 60 días. Lo del certificado de Rentas esperá a que te lo pida el Juez, ya que no todos lo hacen. En ese caso, en Rentas llenás un formulario, pagás un arancel ( deben ser $25, más o menos ) y te lo enteregan en el día o al siguiente. Saludos.