Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • como pongo

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #252347  por HERNAN3192
 
hola a todos en un laboral me salio un proveido que dice que en el plazo de tres dia manieste que documentos son dubitados y cuales son indubitados y a que personas se le atribuyen.
yo con la demanda acompañe contrato de trabajo firmado por la presindeta de la S.A. y para el xaso de que no me lo reconozcan solicite reserva de prueba caligrafica.
yo pienso presentar un escrito diciendo dubitado un documento el contrato de trabajo y otro la contestación de demanda que fue firmada por la presidenta de la S.A. y ademas¿ puedo pedir que la citen para reaizar un cuerpo de escritura a la presindenta de la S.A. ? oivio todas las firmas se le atribuyen.
yo estoy dudando porque, me digo y si la presidenta no firmo la demanda?
igual las firmas son el nombre completo y la letra son identicas a la vista.
gracias por la ayuda que pueda recibir y el plazo se me vence el jueves. el caso es de capital federal
 #252483  por Babop
 
Hola Hernan: Entiendo que el Juzgado te esta pidiendo que indiques en tu calidad de actor el reconocimiento o desconocimiento de la prueba documental que haya acompañado la demandada. Si estas litigando en Cap. Fed. en virtud del art. 71 segúndo párrafo tenes tres días para reconocer o desconocer la prueba documental aportada por la demandada.
Del mismo modo, siempre en Cap Fed. dentro del mismo plazo podés ofrecer toda la prueba, independientemente del eventual ofrecimiento en tu escrito de demanda.
En cuanto a que la Presidenta del directorio de la sociedad proceda a formar cuerpo de escritura para refutar que la firma contenida en la contestación de demanda no es suya, bastará que la misma la reconozca como propia para que se tenga por válida.
Habitualmente en la práctica se suele desconocer la totalidad de la documentación acompañada por la contraria, y luego... (en la etapa que consideres oportuna) reconocer aquella que entiendas necesaria; o que la contraria arbitre los medios necesarios como para darle valor probatorio a dichos documentos. Espero haberte ayudado, mucha suerte...
Bbp.
 #252498  por HERNAN3192
 
te aclaro el tema estamos en etapa de prueba, incorpore como documental el contrato de trabajo firmado por la presidente S..A., me lo desconocen, y como ella firmo la contestacion de la demanda, me gustaria indicar que como documento valido para la pericia tomen la contestacion, el problema es mira si no firmo la presidenta la contestación
 #252599  por MORGAN
 
No puede ser, el que tiene que manifestar cuales documentos son indubitados son los demandados que negaron o desconocieron la firma del documento que acompañaste no vos. Cuando se acompaña un documento que se le atribuye a la demandada hay que citarlo a reconocer la firma, y recién ahí, en caso de desconocimiento la pericia en subsidio, igual no está mal lo que hiciste, estás seguro que la intimación es para vos?
 #255470  por HERNAN3192
 
si la intimación es para mi, ya presente el escrito y voy a esperar lo que proveen.
lo que les paso fue comico, un proveedor fue ofrecido como testigo de la demandada, se ve que hasta el momento de la testimonial, no le pagaron alguna suma o hubo algun rpblema, que los undió en la testimonial. ahora solo espero que la pericial me salga favorable y listo. gracias