Hola, necesito algo de ayuda con este tema: es una parejargentina que se caso en italia, luego vinieron a argentina y aca se separaron uno de ellos volvio a italia y el otro quedo aca. La consulta puntual es si el divorcio tramita aca por ser ultimo domic conyugal, y si enviando las partidas de casamiento de alla para aca mas un poder judicial para el divorcio es suficiente para iniciar las acciones. Que otros puntos debo tener en cuenta, legalizaciones y otros???? Gracias por las respuestas!!!
Es juez competente.
Partidas con apostilla o legalización consular según el caso.(tenes que averiguar si Italia es parte del tratado de la haya que impuso la apostilla).
Poder otorgado en el extranjero. legalizado por la misma vía. tenes que tener en cuenta que estos poderes técnicamente no son instrumento público por lo que te lo podrían cuestionar, pero es raro que ocurra. A lo mejor le podes mandar la demanda por email y que la mande firmada por correo.