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  • accidente de trabajo trabajador en negro

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #252745  por VER
 
Hola a todos los foristas, perdón por la insistencia pero agradeceré las opiniones que sobre este punto puedan brindarme.
En el caso se trata de un mecánico de una empresa de transporte de personas y de fletes. Aunque en los hechos arregla los colectivos de dos empresas diferentes.
El trabajador está en negro, recibiendo una remuneración mensual de $ 1600.
El punto es que fue contratado para reparar los colectivos, pero para hacerlo alquiló a su nombre un terreno baldío pegado a su propiedad.
En consecuencia, el lugar de trabajo es el propio terreno alquilado por él y donde la empresa de colectivo deja los vehículos para su reparación.
Además de los $1600 en concepto de sueldo, recibía la suma de pesos 200 para pagar parte del alquiler.
Pues bien, el trabajado sufre un accidente a mediados de septiembre.
A raíz de dicho accidente debió ser hospitalizado y estuvo internado 3 días en el hospital. Todavía se encuentra con licencia médica y en la actualidad desconozco si tiene algún tipo de lesión permanente o discapacidad por el accidente sufrido ya que falta realizarle los estudios pertinentes.
Luego de sufrido el accidente el empleador comenzó a demorarse con los pagos de los salarios adeudando "prácticamente" un mes entero (ya que el trabajador recibía pagos parciales por los que firmaba recibos comunes).
Pensaba intimar en los términos de la ley 24013 artículos 8, 9 y 10 con copia a la AFIP.
Asimismo, en dicho telegrama denunciar el accidente, denunciándolo como laboral.
Finalmente intimarlo a que informe cual es la ART.
El punto que genera dudas es donde mandar el telegrama. Dado que el cumplía tareas en el terreno alquilado por el mismo (y que actualmente sigue utilizando la empresa).
Dicho terreno se encuentra sin edificar, y ocasionalmente se encuentra en el mismo el nuevo mecánico contratado por la empresa, ante la licencia de mi cliente.
El trabajador fue contratado de palabra en la calle, por lo que no cuento con un domicilio para enviar la comunicación.
Pensaba enviar la comunicación al domicilio social inscripto de la empresa.
Planteado el tema, agradeceré sus opiniones al respecto.
 #252826  por DAL
 
Esta dificil.
Tranquilamente podría tratarse de un automono, que es la forma que normalmente trabajan los mécanicos, ya que el pone los medios de producción (el pone el terreno, el debe tener las herramientas, el trabaja en su domicilio). Creo que puede ser considerado empresario en los términos de la LCT.
Te conviene pelarte??????
 #252834  por VER
 
Agradezco tu opinión, pero no entiendo a que haces referencia cuando decís, "te conviene pelarte???"
Perdón y gracias
 #253066  por drsantillan
 
yo creo que debes intimar por la relacion solo x el art 8 de la 24013 ,ya que esta en negro,
y denunciar el accidente e intimar a q denuncie art,en el telegrama especifica donde cumplia tareas,
y que era normal y habitual ,podes decir algo como que el en un principio prestaba tareas en otro local de la empresa e fin,
para demostrar la relacion ,sino quedarias en medio de una nebulosa
sludos
 #253073  por VER
 
Gracias Dr. Santillan por su opinión!!!
El punto es que el lugar donde prestaba tareas es del trabajador.
EL TL lo envío a la sede social???
Otro domicilio no se!!!
Si tenés algún modelo de telegrama denunciando el accidente e intimendo a denunciar ART te lo agradezco.
De nuevo gracias.
Saludos.
 #253111  por logan
 
Ver no se voy a opinar una barbaridad pero para mi jugate e intima al domicilio social de la empresa. El empleador una vez notificado del accidente tiene la obligacion de denunciar dentro de las 72 hs. a la Aseguradora el accidente. Lo complicado de tu caso es que puede considerarse una locacion de servicios el trabajo prestado por tu cliente a la empresa por lo que t conviene ir armandote bien al respecto buscando buenas pruebas, especialmente testigos. En el telegrama intima por la registracion en los terminos del art. 8 y 15 de la 24013 y tambien denuncia el accidente. Si consigo un modelo de denuncia t paso. Espero q puedas solucionar :shock:
 #253142  por VER
 
Muchas gracias.
Me siento atrapada en el asunto, tratando de buscarle una solución favorable...pero difícil.
Agradezco la ayuda de todos los que, a través de este foro, ayudan, participan opinan.
Sé que algunas preguntas pueden parecer simples o "tontas", pero cuando uno empieza agradece enormemente la opinión de otros colegas.
Saludos.
 #255324  por ALEJANDRA VALLADARES
 
a mi ver, es increible que una persona alquile un terreno y se comprometa por contrato a pagarlo, sin saber hasta cuando la empresa le va a mantener una relación laboral así, sin tener garantías de que el mes que viene no le paga y él tiene la deuda del alquiler.
Tu caso es muy difícil, porque todos pensaríamos que el es mecánico particular,que como no tiene lugar donde poner semejantes colectivos alquiló un terreno, y la empresa solo va a llevarlos para que el los arregle como a cualquier mecánico conocido...no creo que debas jugarte mas que en un intercambio telegráfico o audiencia ministerial para ver si lográs algo... judicialmente yo no me metería...
suerte.
Alejandra
 #255638  por DAL
 
Cuando te dije "te conviene pelearte" me refería a eso que te marcan.
La relacion entre las partes aún no esta rota. El "empleador o dador de trabajo" esta esperando que se recupere pero aún querría mantener la relación. Si empezás con las cartas solo lograras con seguridad romper la relación. NO podemos tener certeza de que ganaras el juicio. Tu cliente queda sin trabajo y con el lio de un alquiler. Por eso te pregunto, haciendo un balance de la situación legal y de hecho, ¿te conviene que tu cliente se pelee con el "empleador"?????? lo que se puede sacar (de modo más o menos probable) lo justifica??????? NO vale la pena mantener esa relación y darle el marco adecuado???? es un autonomo y como tal debe trabajar, asentarse, hacerse un nombre, etc. NO es, es una opinion. No siempre un juicio es la respuesta.