Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • INSCRP. TRACTO ABREVIADO - ME DEJARON AFUERA!

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #252906  por REDLEY
 
Hola

En una sucesión represento a una heredera 60%, y existe otra heredera 40% que tienen su letrado.

El letrado de la otra heredera pidio orden de inscripción por tracto abreviado de un inmueble por el 100%, jamás me avisó, mi cliente no firmó el escrito y tampoco obviamente tienen poder de mi cliente.

El juzgado sin más, provee y autoriza la inscrp. por tracto abreviado por el 100% y le regula honorarios a ella que ahora pretende que le pague mi cliente. A mi nunca me regularon porque ni mi cliente ni yo firmamos el escrito.

Que hago?. Ella dice que fue una tarea común para el expediente por eso puede cobrarle a mi cliente. Me suena a atorranteada. Quiero pedir una revocatoria con apelación en subsidio....y pedir la orden dei nscripcion por el 60% de mi cliente y que me regulen honorarios a mi.

Gracias.
 #254272  por alilla
 
Triste pero correcto, si el otro letrado hizo una actividad que favorece a la masa, tiene derecho a cobrar honorarios a la totalidad de los herederos. Vos no hiciste alguna actividad que beneficiara a todos los herederos (por ej, iniciar, publicar edictos, pedir declaratoria)? todas esas tareas devengan honorarios q deben ser pagados por todos los herederos, conforme su participacion en el acervo.
Basicamente, te primereo pidiendo la inscripcion por tracto abreviado.
Yo pediria tambien se me regulen honorarios a mi, detallando las actividades realizadas que hayan beneficiado a todos. Era el unico bien?
 #255434  por REDLEY
 
No, no es el unico bien, hay muchos mas.....y me pregunto como detenelo, como hago para evitar que siga pesentando las ordene de inscripión sin el consentimiento de mi cliente y sin dejarme fuera

Mi expectativa era que ambos letrados presentemos los escritos en forma conjunta ya que hay solo 2 herederos...

No se que hacer...ayuda please...gracias.
 #255513  por Sailaw
 
Disponer de un bien patrimonio sucesorio, debe contar con la totalidad de la aprobación de la masa de herederos, uno solo de varios, no puede hacerlo, y si lo hicieron, es un error sujeto a nulidad.
 #257009  por alilla
 
Si, es verdad lo que dice Sailaw.... Me olvidaba. Perdon.
Deben pedirte el consentimiento además. Sobreentendi (mal) que lo habian pedido.
Mi duda es, ambos herederos se han puesto de acuerdo en vender el bien? o piden el tracto abreviado, asi , "en abstracto" digamos?