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  • Daños y perjuicios en accidentes de tránsito

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 #253096  por SVUM
 
HOLA A TODOS!!! TENGO TB UN CASO DE ACCIDENTE DE TRANSITO, HICE RECLAMO ANTE LA COMPAÑIA, FUIMOS A JUNTA MEDICA CON PERITO DE PARTE, PERO AHORA ME ESTAN A LA VUELTAS. SE ME PRESCRIBE EN NOVIEMBRE. VOY A TENER Q HACER LA DEMANDA EL TEMA ES Q LA CAUSA PENAL ESTA ARCHIVADA PQ MI LCIENTE NO QUISO INSTAR LA ACCCION CONTRA EL CONDUCTOR DEL VEHICULO. Q ME ACONSEJAN???
MUCHAS GRACIAS
CARIÑOS
SABRINA
 #253139  por abogado1987
 
SVUM escribió:HOLA A TODOS!!! TENGO TB UN CASO DE ACCIDENTE DE TRANSITO, HICE RECLAMO ANTE LA COMPAÑIA, FUIMOS A JUNTA MEDICA CON PERITO DE PARTE, PERO AHORA ME ESTAN A LA VUELTAS. SE ME PRESCRIBE EN NOVIEMBRE. VOY A TENER Q HACER LA DEMANDA EL TEMA ES Q LA CAUSA PENAL ESTA ARCHIVADA PQ MI LCIENTE NO QUISO INSTAR LA ACCCION CONTRA EL CONDUCTOR DEL VEHICULO. Q ME ACONSEJAN???
MUCHAS GRACIAS
CARIÑOS
SABRINA
SABRINA, demanda de daños y perjuicios contra el titular registral y/o conductor y ofreceria como prueba la causa penal
 #253317  por Sailaw
 
Las compañias de seguro, muy dificilmente arreglan en mediaciòn, salvo cuando les aceptan un ofrecimiento bajo.

Lo mejor es la demanda, previa intimaciòn a Titular registral y conductor.

La demanda va, contra el titular registral, el que conducia y contra la Cia de Seguros.
 #253462  por mcgarrido
 
Hola Diego: Veo que tenés mucha idea e el tema. El médico personal de la víctima no puede determinar el daño físico? No sé si hay legistas.
POr otra parte , mi clienta cuando hizo su exposición , dejó reserva de la denuncia penal y a los cinco días pasa a Mar del Plata a Mediación Penal.(Ella no lo quiso accionar penalmente) Yo te pregunto: si ella quisiera podría ahora ir por causa penal tambien? Y si no quiere, igualmente se puede accionar civilmente? Estoy más mareada que antes (Y eso que en la Facultad rendí esas materias!!! jaja) Gracias por tu tiempo .Claudia
 #253845  por marale
 
mcgarrido escribió:Hola Diego: Veo que tenés mucha idea e el tema. El médico personal de la víctima no puede determinar el daño físico? No sé si hay legistas.
POr otra parte , mi clienta cuando hizo su exposición , dejó reserva de la denuncia penal y a los cinco días pasa a Mar del Plata a Mediación Penal.(Ella no lo quiso accionar penalmente) Yo te pregunto: si ella quisiera podría ahora ir por causa penal tambien? Y si no quiere, igualmente se puede accionar civilmente? Estoy más mareada que antes (Y eso que en la Facultad rendí esas materias!!! jaja) Gracias por tu tiempo .Claudia

Te estaba por responder, menos mal que me di cuenta que la pregunta era para Diego.
Suerte
 #253952  por Taneyev
 
Si mandas una CD a la aseguradora intimando para que te respondan en 48 horas
el reclamo formulado el...respecto del accidente de tránsito ocurrido el... en...del cual
resulta único responsable su asegurado Sr..., y vìctima el suscripto
bajo apercibimiento de iniciar de inmediato acciones judiciales por los daños y
perjuicios ocasionados, entiendo que habrás interrumpido la prescripción de la acción
y tendrás más tiempo para preparar la demanda.
Taneyev
 #253968  por SVUM
 
ESTAS SEGURO LA CD INTERRUMPE LA PRECRIPCIÓN??? TENGO UNA ACCIDENTE SE ME VENCE EN NOVIEMBRE Y ESTOY TODAVIA NEGOCIANDO. LE DAN A MI LCIENTE UN 25% LE QUIEREN PAGAR $25.000 Q LES PARECE?? SI BIEN PUEDO PEDIR Q SE ESTIREN UN POCO NO ME PARECE MAL ARREGLO, MAXIME TENIENDO EN CUIENTA LA CAUSA PENAL ESTA PARADA PQ MI CLIENTE EN SU MOMENTO NO QUISO INSTAR LA ACCION.
ESPERO OPINIONES
CARIÑOS
SABRI
 #253973  por abogado_1987
 
SVUM, tené presente que ...

La carta documento constituye un medio idóneo para interpelar al deudor y producir la suspensión de la prescripción liberatoria de acuerdo con lo normado por el art. 3986, segundo párrafo del Código Civil.

CCI Art. 3986

CC0203 LP, B 79826 RSD-269-94 S 22-11-94, Juez PEREYRA MUNOZ (SD)
De Simone, Mario Domingo c/ Publiexito S.A. s/ Daños y perjuicios
MAG. VOTANTES: Pereyra Muñoz-Fiori
 #253975  por abogado_1987
 
y ...

3986. La prescripción se interrumpe por demanda contra el poseedor o deudor, aunque sea interpuesta ante juez incompetente o fuere defectuosa y aunque el demandante no haya tenido capacidad legal para presentarse en juicio.
La prescripción liberatoria se suspende, por una sola vez, por la constitución en mora del deudor, efectuada en forma auténtica. Esta suspensión sólo tendrá efecto durante un año o el menor término que pudiere corresponder a la prescripción de la acción.
 #253978  por SVUM
 
MUCHAS GRACIAS!!! ENTONCES PUEDO HACER ESO P NO TENER Q HACER LA DEMANDA MIENTRAS SIGO CON LAS NEGOCIACIONES???? CON RESPECTO AL MONTO DE LOQ OFRECEN Q LES PARECE????
CARIÑOS
SABRINA
 #253998  por abogado_1987
 
SVUM escribió:MUCHAS GRACIAS!!! ENTONCES PUEDO HACER ESO P NO TENER Q HACER LA DEMANDA MIENTRAS SIGO CON LAS NEGOCIACIONES???? CON RESPECTO AL MONTO DE LOQ OFRECEN Q LES PARECE????
CARIÑOS
SABRINA
SVUM, de nada ... la CD es una opción
 #254508  por mcgarrido
 
Tarde pero seguro, les quiero dar las GRACIAS A TODOS LOS QUE ME DAN UNA MANO!!! NO SABEN LO QUE ESTOY APRENDIENDO DE UDS.
La causa penal está en Mediación Penal en MDP (me dijeron en mayo), seguirá abierta? Por otra parte a mi clienta no la vio un médico policial sino en el Hospital Público y luego se siguió atendiendo con su médico. Ahora está con insomnio, mal anímicamente, dolores ( y eso que pasó tiempo) Creo que no tiene a simple vista incapacidades pero sí moralmente está mal. Qué otros consejitos me dan? MILGRACIAS . Claudia
 #254512  por abogado1987
 
mcgarrido escribió:Tarde pero seguro, les quiero dar las GRACIAS A TODOS LOS QUE ME DAN UNA MANO!!! NO SABEN LO QUE ESTOY APRENDIENDO DE UDS.
La causa penal está en Mediación Penal en MDP (me dijeron en mayo), seguirá abierta? Por otra parte a mi clienta no la vio un médico policial sino en el Hospital Público y luego se siguió atendiendo con su médico. Ahora está con insomnio, mal anímicamente, dolores ( y eso que pasó tiempo) Creo que no tiene a simple vista incapacidades pero sí moralmente está mal. Qué otros consejitos me dan? MILGRACIAS . Claudia
mcgarrido, mi consejo es que la vea un médico a fin de determinar porcentaje de incapacidad, que te oriente en posibles puntos de pericia, etc
 #254926  por Osvaldo3000
 
ESTIMAD: MI SUGERENCIA ES QUE INICIES DIRECTAMENTE LA ACCION POR DAÑOS Y PERJUICIOS. INVOCA CAUSA PENAL Y ES IMPORTANTE QUE ADJUNTES CERTIFICACIONES MEDICAS DE LO PADECIDO POR TU CLIENTE. LUEGO ESTIMAR (NO SE SI TRABAJA O ES JUBILADA O AMADE CASA) INCAPACIDAD SOBREVINIENTE, DAÑO MORAL Y DAÑO SICOLOGICO MAS GASTOS DE MEDICAMENTOS TRASLADOS ETC ASI COMO HACER RESERVA DE GASTOS FUTUROS . EN DEFINITIVA PROBADO EL ACCIDENTE LA ESTIMACION LA HARAN LOS PERITOS DESIGNADOS Y EL JUEZ EVALUARA EL MONTO EN FUNCION DE AQUELLO, SALUDOS.