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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #252913  por NATILU
 
Mi clienta es paraguaya pero con ciudadanía argentina.Tiene 41 años. Hace poco se reencontró con su padre biológico y este quiere reconocerle su paternidad ya que la Sra.no lleva su apellido. Por supuesto ella está de acuerdo.
El tema es -¿sólo se requiere el trámite ante el Registro Civil (Uruguay 753)? o debe hacerse la filiación judicial? En tal caso donde deberían legalizar y actualizar las partidas de nacimiento???
Muchas gracias.

PD: suponiendo que haya reconocimiento anterior, ahí sí habría que impugnar judicialmente. Pero si sólo lleva el apellido de su madre...basta con el mero reconocimiento en el Reg. Civil????

Espero que me puedan ayudar, no tengo tanta experiencia en flia.
 #253159  por sandra mariel
 
Hola, yo en tu caso primero iria con la clienta y su padre al Registro Civil ya que si tiene ciudadania argentina tendrian que estar todos los antecedentes, por lo que serìa un reconocimiento simple y llano. en el caso que el Registro Civil diga que no inicias un reconocimiento judicial, pero primero iria al Registro. Existos.
 #253677  por NATILU
 
Gracias Sandra. El padre desea hacer un reconocimiento voluntario y la hija está de acuerdo. Pero a ella le dijeron que el reconocimiento en su caso debe hacerse vía judicial...tenés idea del por qué de esto??? de dónde surge????
En tal caso...cómo debería titularse el escrito y cuál sería es juez competente. Desde ya muchas gracias. Muchas dudas y pocas certezas. Saluditos.
 #253790  por sandra mariel
 
Hola Nati, creo que es solo un capricho de la gente del Registro, ya que tu clienta se nacionalio, pero bueno asi somos los argentinos. Solo te puedo guiar si estas en Pcia de Bs As, ya que el tràmite de Capital lo ignoro totalmente. Si es Provincia el Juez Natural es El Tribunal de Familia, se inicia con una solicitud de tràmite, y/0 con demanda segùn el Dpto Judicial, en La Plata tenemos dos Tribunales y uno lo hace ingresar por solicitud de tramite y por ende por etapa previa de conciliacion y el otro por demanda, pero como no sabemos al momento de ingresarlo cual de los dos nos va a tocar nosotros lo hacemos con una simple solicitud de tràmite. Avisame si es en Pcia y te cuento el resto. Saludos. :lol:
 #253875  por NATILU
 
Si Sandra. Gracias por tu preocupación. Es tal cual. Si es ciudadana no entiendo por qué debe hacerlo judicialmente si además es un reconocimiento voluntario.

Mil gracias por tu información y sí, sería en pcia porque la sra es de Lanús. Así que escucho toda la info que tengas para darme y ayudarme en esta primera experiencia en filiación. Graias por tu predisposición. :)
 #254252  por lulyciana
 
Hola... algo me dice que lo piden judicial, porque por mas que sea nacionalizada... la partida de nacimiento en donde debe hacerse la anotacion... debe estar en Paraguay!
Saludos
 #254458  por NATILU
 
Lo que entiendo lulyciana es que para hacer la ciudadanía debió haber presentado PARTIDA DE NACIMIENTO LEGALIZADA Y ACTUALIZADA por lo tanto bastaría con pedir que se certifique una copia.
Después en el Registro Civil me dijeron que se puede realizar la inscripción de esa partida y simultáneamente el reconocimiento voluntario. Por lo tanto de dónde surge que deba hacerse judicialmente. Además tal requisito no está entre los del art.248 del CC. Pero por supuesto me gustaría que alguien que tenga la certeza de que debe hacerse judicialmente me explique por qué y de dónde surge tal obligación. Para seguir aprendiendo. Te mando un beso.
 #254477  por lulyciana
 
Imaginoque al estar el original en acta de Paraguay.... la inscripcion debe hacerse alla.... por medio de exhorto! ya que la que esta aca... es solo copia legalizada, pero no el libro de actas!
Pero son solo suposiciones....
Saludos
 #300537  por marix
 
HOLA MI SITUACION ES LA SIGUIENTE:EL PADRE DE MI HIJO ES ESTUDIANTE DE LA MARINA(ESC.NAVAL DE ENSENADA) Y LE PAGAN COMO ESTUDIANTE $500.MI BEBE CUANDO NAZCA VIVIRA SOLO CONMIGO YA QUE EL NO PUEDE POR SUS TIEMPOS(EMBARQUES Y DEMAS)ESTAMOS SEPARADOS.YO SOY RECEPCIONISTA Y COBRO NADA MAS QUE 1200$.QUERIA SABER MAS O MENOS CUANTO TENDRIA QUE APORTAR EL.SI PUEDEN AYUDARME.MUCHAS GRACIAS
 #304730  por sandra mariel
 
Hola, los alimentos pueden ser una suma fija o un procentaje de su sueldo, aca en la plata estan acordando un 20 % por un hijo, y es mejor el porcenaje por que a medida que aumente los haberes del papà, aumenta la cuota alimentaria. espero haberte ayudado.-