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  • HONORARIOS JUICIO EJECUTIVO

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #253473  por adrianne
 
Estimados foristas:

Recurro a la experiencia q tienen sobre el siguiente tema. Yo gane dos juicios ejecutivos en capital. Se trataba de dos pagares en dolares. Se llega a la sentencia y en uno de ellos se decreta la subasta se llego hasta el 1er despacho en el q designan martillero este toma el cargo y cuando se notifica al deudor la subasta (En Mar del Plata) alli se suspéndase el trámite de las presentes actuaciones y se radícan las mismas por ante el Tribunal de trámite del concurso preventivo del deudor. En su momento nosotras habiamos trabado embargo s/los derechos hereditarios del deudor en mar del plata. Ntra idea fue entonces cobrar los honorarios a ntro cliente el cual se habia pactado en el 18% del monto del reclamo en cada juicio uno es de (u$s 20.000.-y el otro 25.000 U$S)

En el de u$s 20.000.-ordenan el pago de 20000 U$S o su equivalente en el mercado libre de cambios con más un interés conforme la tasa que aplica el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones a treinta días en dólares estadounidenses, con mas las costas del presente.
Los intereses se liquidarán a partir de la mora producida el día 31 de octubre de 2003 y hasta el efectivo pago, empleándose las tasas que cobre el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones ordinarias de descuentos a 30 días.
y en el de 25.000$
Sentencia: $25.000 + CER + tasa 6% anual.

Ahora viene la parte que les duele a todos los clientes nosotras les pedimos q nos paguen por el convenio q firmaron y ellos dicen q si bien el juicio se gano ellos no vieron un $ ergo q si ellos no cobran s/la opinion de ellos nosotras no podemos. Q opinan si presentamos el convenio de honorarios en capital tendran q pagarnos??? y con esos parametros de la sentencia o lo q dice el convenio? o el juez puede llegar a decir q hasta q no se termine el juicio alla nosotras no podemos cobrar????

Hoy recibi un mail del abogado de mar del plata q pide q solicitemos regulacion para q verifiquemos el credito yo lo interpreto como q le dijo a mi cliente q no nos tiene q pagar Por favor me dan la opinion. Mil gracias Adri
 #253829  por patriciaefay36
 
Hola. Pregunta: ese 18% de que manera fue pactado? Independientemente de que la parte perdidosa deba abonar las costas?
 #253901  por adrianne
 
Hola Patricia!!! gracias por responderme. Mira el 18% se pacto con la actora que gano el juicio sobre el monto del reclamo sin perjuicio de lo q correspondiera cobrarsele al demandado.

Te paso la parte pertinente (los dos convenios son iguales)

Las profesionales toman a su cargo por expresa petición de los clientes la gestión judicial tendiente a resolver el conflicto que tiene con el señor Carlos A por la firma de un pagaré por U$S 20.000 (VEINTE MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES).
Por la gestión mencionada en el párrafo anterior, la señora Yolanda Verg se compromete a pagar la suma que resulte de aplicar el 18 % (DIECIOCHO POR CIENTO) sobre el monto total que se reclama, en concepto de honorarios profesionales.
TERCERO: Sin perjuicio de lo pactado, será también de exclusiva propiedad de las profesionales los honorarios que pudieren serles regulados judicialmente a cargo de la parte adversaria si los hubiere.

Mi duda es si le puedo cobrar el 18% sobre esa suma porque una amiga me dijo q ese % se cobra si se llega al final del juicio (es decir si se hubiera heco el remate) pero mi pto de vista es q llegue al final porque tiene sentencia favorable . Si debo seguir las pautas de la sentencia en el q esta pesificado es decir aplicar CER + tasa 6% anual desde la
Fecha de mora: 31/10/03 y si se los puedo cobrar ahora . Los dos convenios estan hechos en dolares en uno de ellos el juez lo dejo en U$S y el otro lo pesifico pero aplico CER y 6% anual. El juicio aca termino y se va al concurso del deudor en Mar del Plata. Agradeceria tu opinion Sds Adri
 #253946  por patriciaefay36
 
Hola. a mi modo de ver el juicio termina con sentencia favorable a tu cliente. Pero el tema es el siguiente, vos seguirías patrocinando el remate o esta persona cambió de abogado. En el caso del concurso, entiendo que por ser en Mar del Plata, no podrías continuarlo... entiendo que no solo por un tema de Jurisdicción, distancia... y sobretodo porque se trata de una quiebra, por lo tanto te tienen que abonar ahora, tus servicios ya terminaron.
Ojo es una opinión. No se que opina el resto de los foristas.
 #253989  por adrianne
 
Hola Patricia! el remate quedo suspendido porque el demandado pidio el concurso preventivo. En Mar del Plata va a intervenir otro abogado por todo lo q vos decis lo q me discute el cliente es q no corresponde pagarme ahora porque ellos no cobraron lo q me parece un desproposito ya q no seria justo tener q esperar a ver q pasa en Mar del Plata imaginate si no queda nada p q ella cobre entonces nosotros no cobrariamos? y el otro tema como te decia si corresponde el 18% o menos para mi tendria q ser el 18 pero como te comente tengo diferencias con la persona q esta haciendo este trabajo conmigo porque entiende q ese 18 seria si se hubiera llegado a rematar . Si fuera asi entonces tendria q modificar en el futuro el convenio y aclarar q es hta la sentencia. Sds Adri
 #254321  por patriciaefay36
 
Por eso te digo a mi modo de ver, termina con la sentencia, ya que tus servicios no los podes seguir brindando.
Creo que mas bien es algo lógico. También modificaría el convenio para futuras oportunidades.