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  • CONSULTA POR AMPARO DEL CORRALITO

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 #254031  por berayrama
 
Hola, se trata de un amparo del corralito del Juzg. Federal de Campana,estoy por la parte actora y apelaron la sentencia los demandados, yo en esta instancia no debo hacer más nada ahora?. Una vez en Camara(que se va San Martin) me dan traslado de las apelaciones (es decir que aquí debo constituir nuevo domicilio en esa Jurisdicción) y luego tengo que expresar los agravios?. Es el primero que me toca y no se?. Gracias.
 #254162  por DAL
 
Uffffff recien estan en primera instancia??????
Respecto del domicilio no se (creo que es como vos decís) porque acá tengo primera y segunda instancia en el mismo lugar.
Si vos ganaste tenes que esperar que EL APELANTE mueva la apelación. Es decir: inste la elevación, exprese agravios y te corran traslado para contestarlo. Tu proximo paso procesal es contestar los agravios del apelante.
Si querés vos podés dar los pasos de impulso PEEEEEEROOOOOOOOOO no conviene. Te cuento que mis amparos yo los moví hasta la Corte, como una tonta. Hasta que uno se me pasó, se perdio y quedó dando vueltas entre primera y segunda instancia. Sucedio que cuadno aparecio, dos años despues, el juzgado decretó la caducidad de la apelación y como consecuencia de ello, quedó firme la sentencia de primera instancia. Y se terminó ahí.
Por eso mi consejo es que VOS no los muevas, si es que en tu jurisdicción dan caducidad de las apelaciones.
En mi jurisdicción y atento a los gravisimos problemas que teníamos con los amparos (cantidd de expedientes, imposibilidad de acceder a verlo y demás) existía el compromiso de la jueza (una sola para los dos juzgados federales) de no dictar caducidades en los amparos. Por eso no me jugue a las caducidades luego de primera instancia. Con el tiempo creo que cambiaron de criterio por la enorme acumulción de causas paradas y la necesidad de sacarlas, para un lado o para el otro.
Luego de ese caso provoque un par más de caducidades de apelación, y esas son mis tres sentencias favoreables definitivas. Las otras cinco o seis llegaron a la Corte Suprema . . . . . y perdi (como todos, obvio!).

Saludos!!!!
 #254241  por berayrama
 
Gracias. Voy a consultar si aquí dictan caducidades de apelaciones.Pero si no debo solicitar la elevación a Cámara? y allí luego esperar a que me den traslado para expresar agravios.
 #254531  por DAL
 
Exacto.
En realidad tenes que pedir que se corra traslado pra expresar agravios, tenes que hacer la cedula, dejarla al a firma. Y demás. Luego te toca a vos contestar la expresion de agrvios.