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Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #251763  por Rossana
 
CAUNATO COBRO UNA SUCESION EN CAPITAL PERO UN INMUEBLE DE PROVINCIA. lA VALUACION ES RELATIVAMENTE BUENA, NO COMO LOS INMUEBLES DE CAPITAL. ES SOLO EL 50 % EN SUCESION. yO DECIA COBRARLE DEL 50 % DEL BIEN, UN 14 % TOMANDO EN CUENTA LA VALUACION FISCAL. NO ES EL UNICO BIEN, PERO POR AHORA QUIERE HACER ESE INMUEBLE SOLO.
 #254829  por ActiveXPRO
 
Mire Rossana, yo no litigo en Capital, pero acá en BA regulan sobre el total del inmueble, no importa que Ud. declare el 50%.
Ahora, el 14% o 15% de lo que sea allí en Capital me parece que está bien para Ud..
Aquí se hace hasta por el 10% o menos depende del acervo. Pero como en su caso sería un solo inmueble (por ahora), estaría bien subir a un 15.
Es mi opinión, Ud. verá.