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  • CODIGO ALIMENTARIO NACIONAL ART 15

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #254555  por ENTRERRIANO
 
Alguien sabe como es la interpretación del articulo 15 del codigo Alimentario Nacional. Donde puedo encontrar doctrina o algún fallo.
 #254743  por Mordisco
 
Artículo 15
Queda prohibido elaborar, fraccionar, manipular, tener en depósito o expender productos alimenticios fuera
de los establecimientos habilitados a tales fines por la autoridad sanitaria correspondiente.
 #309107  por alelifich
 
Tengo una pregunta: ¿el SIDA entra entre las enfermedades a detectar? porque si bien nadie puede obligarte a hacerte el examen de SIDA y es confidencial, estamos hablando de manipulación alimentos, y el SIDA entra en la categoria de enfermedades almtamente contagiosas y no sólo por transmisión sexual.