Queridos colegas, necesito hacerles una consulta:
A mi cliente le robaron el auto hace 5 años. Ni bien sucedió el hecho hizo la pertinente denuncia y reclamo a su Cía de Seguros.
La Cía. contestó que a más tardar en 1 mes tenía el auto o la plata (lo que quiera).
Al tiempo de cobro un asesor de la Cía le dice que la empresa quebró.
Pasaron 5 años, y mi cliente me consulta sobre un posible reclamo.
El tema es que según la Ley de Seguros, el plazo de prescripción es de 1 año.
"58. Las acciones fundadas en el contrato de seguro prescriben en el plazo de un año, computado desde que la correspondiente obligación es exigible..."
Consulto: la acción está prescripta, o lo que prescribe es el reclamo/denuncia en la Cía de Seguros???
A mi cliente le robaron el auto hace 5 años. Ni bien sucedió el hecho hizo la pertinente denuncia y reclamo a su Cía de Seguros.
La Cía. contestó que a más tardar en 1 mes tenía el auto o la plata (lo que quiera).
Al tiempo de cobro un asesor de la Cía le dice que la empresa quebró.
Pasaron 5 años, y mi cliente me consulta sobre un posible reclamo.
El tema es que según la Ley de Seguros, el plazo de prescripción es de 1 año.
"58. Las acciones fundadas en el contrato de seguro prescriben en el plazo de un año, computado desde que la correspondiente obligación es exigible..."
Consulto: la acción está prescripta, o lo que prescribe es el reclamo/denuncia en la Cía de Seguros???