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  • COMO CALCULO EL 245?

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 #255770  por ALEJANDRA VALLADARES
 
mi cliente trabajó en blanco desde 5/2003 a 4/2005.Lo iban a despedir sí o sí por motivos de la empresa, pero le ofrecieron seguir en negro. Arregló para poder cobrar el desempleo, que lo despidieran, pero no le pagaron indemnizaciones. La misma para el empleador la constituia el desempleo que pagaba el anses, y el lo creyó.
Trabajó en negro hasta 06/2008.
como calculo el 245?. y el 232???. ambos según el art. 18 LCT?
contando la antiguedad desde el 5/2003?.
gracias.
 #255807  por klaudia7
 
Hola Alejandra, cuando lo despidieron en forma fehaciente? en el 2005? Luego volvió a trabajar hasta 06/2008 en negro, verdad? Creo que se podría intimar desde el 2003 PERO tengo mis dudas por el tema del cobro del fondo de desempleo. Aunque el art. 18 de la LCT es claro en cuanto al tiempo de servicio prestado ya que "reingreso" a laborar para el mismo empleador. Espero que tengas muy buenas pruebas de todo el tiempo transcurrido.
 #256439  por ALEJANDRA VALLADARES
 
hola Claudia. Hoy tuve audiencia en el Seclo y le pedí al abogado de la otra parte indemnización desde que mi cliente entró a trabajar en blanco por el art. 18, me tiré a la pile, y estuvo de acuerdo. Aunque fue lo único que me reconoció, el 245!!! :lol: :lol:
gracias por responderme