Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • ACCIDENTE LABORAL-TRABAJADOR EN NEGRO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #256330  por DRSOFISTA
 
Hola! Hago nuevamente una consulta por este caso, para ver mas opiniones.Mi caso: Un empleado ( trab. en negro) sufre un accidente bastante grave en su lugar de trabajo (casi pierde la mano), el empleador lo lleva al sanatorio, paga la consulta y todos los gastos (ya que el empleado no tenia ART, aunque en la empresa que trabaja tienen ART), le dan reposo por varios dias, se reincorpora al trabajo, sigue con problemas en el trabajo, hasta que no va a trabajar mas. De esto ya hace 9 meses, pero ya esta trabajando en otro lado.En la actualidad vuelve a tener problemas en esa mano. Que me aconsejan? Que intime a la registracion x la 24.013 y considerarse despedido,o ya paso mucho tiempo? Que intime x la incap. x accidente laboral'? Intimo empleador y ART? Bueno, cualquier aporte, lo agradeceria. Saludos a todos.
 #256453  por Gineta
 
El empleador que lo tuvo en negro debe la indemnización por el accidente... la ART es una citada en garantía y si él no la contrató porque el trabajador estaba en negro es su problema. Al único que le podés reclamar es al empleador, ART no hay!!!!
Debés reclamar por todo, la relación en negro, el accidente y la incapacidad sobrevieniente... TODO
En cuanto intimes la registración y el accidente, te van a negar la existencia de la relación laboral, ahí tenés libre la vía judicial o el seclo según corresponda por el todo.
No es tarde... tenés dos años antes de que prescriba.
Éxitos!!!
 #256543  por ALEJANDRA VALLADARES
 
DRSOFISTA. yo tengo un trabajador en negro que se accidento en nov de 2006, y dejó de trabajar en marzo 2007. Recién el trabajador se decidió a intimar y lo hicimos en junio de este 2008 y sí reclame la 24013. Es una forma de presionar el arreglo...Ayer tuve un seclo, y el abogado me decía que me iba a ser difícil probar que él trabajó hasta junio 2008. Pero pienso que más difícil para él va a ser probar que no trabajó en negro en la fábrica, asi que en la demanda pediré todo lo que deba, y los testigos más las pruebas definirán el tiempo... Habría que analizar en tu caso que tan fuerte son las pruebas o los testigos que tengas para presentar...
saludos.Alejandra
 #256568  por DRSOFISTA
 
Mi cliente tiene buenos testigos, ya que el empleador tiene mucha gente en negro y tiene malos tratos hacia ellos, hay mucha gente que ya esta fuera de la empresa y que se ofrecieron como testigos. Para intimar por la 24.013 me preocupa que mi cliente esta trabajando en la actualidad, pero lo voy a intentar. Con respecto a la Art tenia entendido que se podia ir contra ella, ya que es una obligacion del empleador asegurar a sus empleados, despues la Art repetira contra el empleador.Como ven el tema de la via civil en este caso? Gracias de nuevo por los aportes.
 #256811  por Gineta
 
DRSOFISTA escribió:Mi cliente tiene buenos testigos, ya que el empleador tiene mucha gente en negro y tiene malos tratos hacia ellos, hay mucha gente que ya esta fuera de la empresa y que se ofrecieron como testigos. Para intimar por la 24.013 me preocupa que mi cliente esta trabajando en la actualidad, pero lo voy a intentar. Con respecto a la Art tenia entendido que se podia ir contra ella, ya que es una obligacion del empleador asegurar a sus empleados, despues la Art repetira contra el empleador.Como ven el tema de la via civil en este caso? Gracias de nuevo por los aportes.
Pero contra qué ART vas a ir... el empleador pudo contratar con cualquiera....
La 24.013 reclamala igual... debe reclamarse durante la relación laboral, sino perdés las multas!!!
 #256927  por DRSOFISTA
 
Se agrega un problema más: me llama el cliente y me dice que el empleador ya no es mas dueño de esa empresa, que la alquilo. Cambia el panorama. Ahora tendria que intimar directamente al ex-empleador al domicilio real, por la 25323 y por el accidente laboral. Que les parece?
 #257036  por ALEJANDRA VALLADARES
 
si la alquiló sigue siendo de él sofista!!. vos intimalo al domicilio real si lo tenés y al de la empresa. reclamá todo. La otra parte se encargará de averiguar si está trabajando o no, podés declarar otros horarios de trabajo, etc. Podés dibujarlo antes del reclamo...no desesperes....pedi la 24013.
 #257140  por DRSOFISTA
 
Hola de nuevo. Creo que esta complicado, porque él alquilo el local, y quizas el mobiliario (no lo se) y se desvinculo de la empresa esa, por eso aclaro que no es más el dueño de la empresa o comercio, no es más empleador, entonces no me parece viable intimar por la 24.013, porque es una obviedad que hay otro dueño de ese comercio, y mi cliente no trabaja para él. Por eso quiero intimarlo por la 25323 y por el accidente laboral, a su domicilio real, por ser el ex-empleador de mi cliente. Se entiende? O esta muy mal?