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Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #254338  por pampa2008
 
hola, estoy empezando a ejercer,y queria consultarles por el tema de los honorarios. Cuando damos un presupuesto de lo que vamos a cobrar al cliente, cuando tiene que pagarnos? le tenemos que aclarar que también recibiremos honorarios regulados en la sentencia? Gracias por su ayuda
 #256220  por diegogvillamayor
 
hola como estas, no entiendo tu pregunta vos queres cobrarle 2 veces a tu cliente?
si arreglas algo cobras lo que arreglaste y sino espera ir a la sentencia.
si le tenes que alcarar que podes cobrar a la contraria los honorarios que te regulen en la sentencia, independientemente de lo que le cobres a tu cliente.
En cuanto a cuando cobrar, cuanto antes mejor.....

saludos
 #256291  por silvanaf
 
hay muchas dudas con respecto al tema de honorarios,estaria bueno que alguien con experiencia y ganas explique TODO en forma clara. Como se pactan, quien los paga, cuando se cobran?....como se le explica al cliente,etc...
 #256553  por diegogvillamayor
 
hola como estas, el tema es que no hay una sola forma de arreglar, todo depende sobre que tema estemos hablando.
si es laboral es a % y se cobra al finalizar el juicio. Podes cobrarle a las dos partes y eso lo aclaras con tu cliente al firmar el pacto. Y si no firmas pacto esperas la regulacion.
Si es flia, algunos no le cobran a su cliente y esperan cobrar del demandado (casos como alimentos). Otros le cobran a su cliente y si condenan en costas al demandado tambien lo hacen. Siempre alcarale a tu cliente que tenes la chance de cobrarle a la otra parte si sale vencida en costas. Como se paga esto, va a depender si es un divorcio que podes cobrar por adelantado a cuenta de la regulacion o por mes, o todo al final, eso depende de vos y como te manejes. o si es alimentos se suele cobrar cuando tu cliente comienza a cobrar.
En otros ambitos como un daños tambien es a % pero podes ir pidiendo adelantos.

En resumen, siempre aclara a tu cliente que podes cobrar al otro si sale condenado en costas.
Cuando cobras, cuando vos pactes, es mejor pedir adelanto siempre (salvo laboral, y algunas cosas de flia) e ir cobrando a cuenta de la regulacion o que te vayan pagando el convenio en cuotas. Si elejis todo al final, es tu riesgo. Obvio lo ideal es todo al inicio pero eso casi nunca se da.
Si desconfias por algun motivo, no hagas nada sin plata. Si no te quieren dar 300 de adelanta o para gastos, menos te van a dar 10000 cuando termine el juicio.
Los clientes nunca quieren pagar, siempre tienen peros.
En si la practica te va a ir mostrando los tiempos. Capas siempre te pagan tus clientes y nunca tenes problemas. O por otro lado no te pagan y tenes que ir ejecutando a cada rato...
Cuanto antes puedas cobrar mejor para vos, pero es un tema particular de cada uno.

saludos
 #256636  por silvanaf
 
gracias diego, sos muy amable! esta bueno para los que estamos en los comienzos encontrarnos con colegas dispuestos a ayudar a encontrar el camino.
 #256660  por silvanaf
 
otra cosa, creo que al principio es mejor esperar la regulacion ya que para el cliente no es lo mismo que vos le pongas un honorario a que el juez diga cuanto te tiene que pagar, al menos creo que al principio es lo mejor, y cuando ya tenes experiencia ahi si poner vos un honorario, sabiendo y conociendo lo que vale tu trabajo,que opinas??
en ese caso cuanto deberiamos pedir de adelantos para gastos?? se escuchan opiniones!