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  • cedula bajo responsabilidad

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 #256152  por BETOLOTO
 
tengo dos preguntas:
1- se puede notificar en el domicilio laboral si en el real no me recibio la cedula????
2- tango que pedir se libre nueva cedula bajo responsabilidad o simplemente llevar una nueva cedula a control?????
(perdon por insistir, puse la misma pregunta en jovenes abogados pero nadie me contesto)GRACIAS :shock:
 #256181  por evasusana
 
Segun , pero en principio como es otro domicilio tenes que denunciar nuevo domicilio y ver como te va.
 #256182  por abogado_1987
 
BETOLOTO escribió:tengo dos preguntas:
1- se puede notificar en el domicilio laboral si en el real no me recibio la cedula????
2- tango que pedir se libre nueva cedula bajo responsabilidad o simplemente llevar una nueva cedula a control?????
(perdon por insistir, puse la misma pregunta en jovenes abogados pero nadie me contesto)GRACIAS :shock:
BETOLOTO, yo solicitaría notificar en el domicilio "con habilitación de día y hora", en caso de fracasar y constarme que el demandado vive en ese domicilio > solicitaría a V.S. notificación "bajo responsabilidad de parte actora" ...
 #256404  por BETOLOTO
 
gracias por sus respuestas, pero tengo otro preguntonta :x tengo que presentar un escrito que diga solicita nueva cedula bajo responsabilidad y esperar que lo provean o la llevo a control directamente????....perdon si es una pabada pero no lo se!!!!!!! 8)
 #256406  por Sailaw
 
Lo tenes que pedir, aunque hace poco en un civil, en el primer proveído, autorizaba a librar bajo responsabilidad si la primera notificación fallaba, me llamó mucho la atención
 #256458  por abogado_1987
 
BETOLOTO escribió:gracias por sus respuestas, pero tengo otro preguntonta :x tengo que presentar un escrito que diga solicita nueva cedula bajo responsabilidad y esperar que lo provean o la llevo a control directamente????....perdon si es una pabada pero no lo se!!!!!!! 8)
BETOLOTO, de nada ... pero primero solicitaría "con habilitación de día y hora"
 #256891  por Paternal
 
Busca jurisprudencia laboral sobre donde puede enviar las comunicaciones el empleado.
Muchas veces argumentando esto y con un algunos fallos para apoyar te dan BRPA con el fracaso de la primer notificacion (siempre y cuando sea al domicilio laboral la primera).
No me va mal haciendo eso hasta ahora.Una sola vez me rechazaron el pedido en un Tribunal de La Matanza.