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  • FALTA DE LEGITIMACION ACTIVA

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 #257183  por ppppnn
 
HOLA A TODOOOSS!!!!

ESTOY CON MI PRIMER DEMANDA DE DS Y PS. RECIBÌ LA CONTESTACIÒN DE LA COMPAÑIA DE SEGUROS. ME DICEN QUE, AL HABER EL ACTOR CEDIDO POR MEDIO DE UNA CESIÒN DE DERECHOS HECHA EN ESCRITURA PÙBLICA, NO PUEDE SER ACTOR EN LA DEMANDA, POR LO TANTO ME OPONE FALTA DE LEGITIMACION ACTIVA. DICE QUE LA DEMANDA SE DEBIO HABER INICIADO A NOMBRE DEL CESIONARIO Y NO DEL CEDENTE. COMO PUEDO RESOLVER ESTA CUESTIÒN? SI ALGUIEN ME PUEDE AYUDAR DESDE YA MUCHISIMAS GRACIAS.......
 #257273  por ñoser
 
Hola..
Mira tenes un problemita aca, por que si te opone excepcion de falta de legitimacion activa, por haber cedido los derechos tu cliente. Te van a ganar. La pregunta es ? Cedio tu cliente los derechos? Por que si la respuesta es afirmativa, vas a tener que desistir de la accion ahora a fin seguir irrogando costas en el proceso que vasa tener que pagar.
Saludos..
 #258774  por ppppnn
 
Si, el tema es que el cesionario es un amigo mìo pero no me di cuenta al iniciar la demanda de hacer en su nombre por lo tanto inicie la caratula a nombre del cedente que tambièn lo conozco. El tema es como arreglo este lio. hay una escritura publica donde el cedente hace cesion de sus derechos a mi amigo. Que puedo hacer para resolver esta formalidad. puedo presentar una autorizacion del cesionario para que accione del cedente, una renuncia, algo. Desde ya, gracias.
 #258826  por sergiosky
 
es que el juicio ya está trabado, corriste traslado por lo que a esta altura ya no podes modificar la demanda y la contraparte hace bien en oponer la falta de legitimacion, seria poco serio ahora que el cesionario se presente o que hagas alguna aclaracion, igual el juez no te lo va a admitir porque la modificacion la podes hacer "antes" de correr traslado. como te han dicho... desisti y empezá de 0.
 #258948  por miltriti
 
el problema esta en que pra poder desistir despues de notificada la demanda se necesita conformidad del demandado, al cual se le corre una vista, y se se opone al desistimiento el juicio continua sin mas tramite.