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  • MEDIDAS ALTERNATIVAS A LA DETENCION EN PCIA. DE BUENOS AIRES

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 #257524  por poorlaw
 
ñoser escribió:...Si bien en la practica tiene la misma finalidad, no es asi en cuanto al computo de pena si recayese condena. a veces no se sabe que es mejor, si la alternativa o la morigeracion.
Dado que si tenes una alternativa, no tiene efecto para la reincidencia, ni tampoco para el computo de pena, pues nunca estuvo con prision preventiva. ahora si tenes una morigeracion puede tener efecto para la reincidencia el tiempo que dure la misma, pero si se cuenta el tiempo que dure la morigeracion para el computo. Es un dilema...
Buenos días a PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP"!

Bueno, sigo aprendiendo de los que saben. No había considerado los "efectos secundarios" de diferenciar la alternativa en los términos del art. 159 de la morigeración del art. 163.

Si entendí bien, ¿entonces los días de alternativa no computa para el art. 24 CP ni el plazo del inc. 11 del art. 169 y sí cuentan los días de morigeración para dichos fines?

Preguntado de otra manera: ¿ante dos años de prisión domiciliaria como morigeración, podría contar dos de prisión efectiva; además solicitar una "excarcelación" (en realidad, una revocación de prisión domiciliaria) fundado en el inc. 11 del art. 169; solicitudes que no se pueden realizar si se tratare de una alternativa?

Saludos!
 #257712  por ñoser
 
Estimado colega Poorlaw,
Primeramente le agradezco, el alago de atribuirme saber, aunque no creo saber mucho mas, que muchos de los colegas que postean aca, Estimo que la mayoria de los colegas del Portal poseen abundante saber en el derecho, de los cuales yo tambien me nutro en reiteradas oportubidades.
Ahora en cuanto a su pregunta , usted sabe que en el derecho, casi siempre frente a una premisa, por lo menos hay dos hipotesis distintas, que aunque resulten contrarias, no se invalidan entre si dado que ninguna adquiere fuerza de Teoria, etc, etc.
Ahora sostiene Maria laura Alfaro cuando traza un paralelo entre las medidas alternativa y las morigeradoras a la prision preventiva. la misma señala entre las diferencias existentes entre ambas ademas de otras,
" El tiempo transcurrido en cumplimiento de una morigeracion a la prision preventiva se computa al momento de establecerse la pena a cumplir, no asi el tiempo durante el cual se cumplan medidas alternativas a la prision preventiva" ( M.L.Alfaro " Las medidas alternativas y morigeradoras a la prision preventiva en el Codigo Procesal Penal de la provincia de Buenos Aires" en " Garantias medidas cautelares e impuganaciones en el proceso penal " .- Carlos Alberto Chiara Diaz y Daniel Horacio Obligado.-Coordinadores, Nova Tesis 2005.
Ahora bien sostiene Diego del Corral haciendo una comparacion entre las diferencias y similitudes enumeradas por la autora en su libro.
" Si bien coincidimos en parte con la autora, disentimos en los aspectos que señalamos a continuacion...
y entre otros sostiene.
"Finalmente consideramos en algunos caso las medidas alterntivas, tambien deben computarse en los terminos del art 24 del Codigo Penal, como en el previsto en el art 159 del CPP, de libertad limitada a un perimetro domiciliario controlada mediante monitoreo electronico.( Diego del Corral . " Excarcelacion en la Provincia de Buenos Aires" Omar Favale ediciones juridicas 2007)

Ahora bien ya que me hicistes buscar, te digi mi opinion, coincido con el Dr. Diego del Corral, para el caso enunciado.
De todas maneras como la ultima interpretacion la tiene su Señoria , para mi sigue siendo un dilema...
Saludos.
Pta. Si queres jurisprudencia , vas a tener que buscarla vos y acercarla, yo me jugue y te busque las citas doctrinales.
 #257738  por poorlaw
 
ñoser escribió:...Pta. Si queres jurisprudencia , vas a tener que buscarla vos y acercarla, yo me jugue y te busque las citas doctrinales.
¡Muchas gracias ñoser!
Me dejaste tareas para el hogar... :lol: