ñoser escribió:...Si bien en la practica tiene la misma finalidad, no es asi en cuanto al computo de pena si recayese condena. a veces no se sabe que es mejor, si la alternativa o la morigeracion.Buenos días a PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP"!
Dado que si tenes una alternativa, no tiene efecto para la reincidencia, ni tampoco para el computo de pena, pues nunca estuvo con prision preventiva. ahora si tenes una morigeracion puede tener efecto para la reincidencia el tiempo que dure la misma, pero si se cuenta el tiempo que dure la morigeracion para el computo. Es un dilema...
Bueno, sigo aprendiendo de los que saben. No había considerado los "efectos secundarios" de diferenciar la alternativa en los términos del art. 159 de la morigeración del art. 163.
Si entendí bien, ¿entonces los días de alternativa no computa para el art. 24 CP ni el plazo del inc. 11 del art. 169 y sí cuentan los días de morigeración para dichos fines?
Preguntado de otra manera: ¿ante dos años de prisión domiciliaria como morigeración, podría contar dos de prisión efectiva; además solicitar una "excarcelación" (en realidad, una revocación de prisión domiciliaria) fundado en el inc. 11 del art. 169; solicitudes que no se pueden realizar si se tratare de una alternativa?
Saludos!