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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #25211  por URUNACHO
 
Clienta que no posee nada de su relacion de dependencia, solo dos cartas documentos solicitando los certificados sin respuesta alguna.

Segun carta docuemnto trabajo:
Empleador 1: 01/1984 a 11/1984
empleador 2: 12/1984 a 08/1991

En Anses figura:
Empleador 1: 02/1984 a 03/1984
Empleador 2: 01/1987 a 12/1989 y 08/1991 a 12/1991

Segun lei en resolucion 980/05 yo tomo estos periodos para jubilarla:
Empleador 1: 02/1984 a 03/1984
Empleador 2: 12/1984 a 08/1991

ustedes que opinan, yo lo tomo asi porque la resolucion dice que si en el informe del SIJP tuviera un tiempo menor al 35% del periodo laboral invocado, solo se considerara acreditado el periodo que figure en el SIJP.

Del empleador 1 tome lo de anses porque no supera el 35 % de los periodos inviocados y del empleador 2 tome lo que declara la empleada, ya que en anses figura mas del 35 % invocado.

es equivocado mi pensamiento???

ME AYUDAN COMO DEFINO EL TEMA!!
GRACIAS!!!!!!!!

 #25268  por cristiancordoba
 
Lo que yo interpreto de la normativa es que esas cartas documentos las tenes que guardar bien y no mostrarlas, y declarar lo siguiente:

Empleador 1: 11/1983 a 03/1984 (5m)
empleador 2: 04/1984 a 11/1993 (116m)

En Anses figura:
Empleador 1: 02/1984 a 03/1984 (2m)--- mas de 35% de 5m
Empleador 2: 01/1987 a 12/1989 y 08/1991 a 12/1991 (41m) mas de 35% de 116m

 #25270  por URUNACHO
 
Gracias Cristian!!
Alguna opinion mas de otro miembro a ver como defino.
Cristian porque me decis de no mostrar las CD?

 #25282  por cristiancordoba
 
porque estarias reconociendo un periodo menor del que estas declarando. la 980 y la c. 10 te eximen de presentacion de cualquier documental

 #25753  por URUNACHO
 
algun formulario en especial para pedir este reconocimiento al iniciar el tramite jubilatorio? gracias