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  • Transferencia de automotor judicial

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 #249446  por herme
 
Tengo un cliente que es poseedor de buena fe, tiene que hacer la transferencia de su auto judicialmente.
Sucede que los vendedores no se encuentran, desde ya que no tien firmado 08, ni nada. Cómo se procede?
 #258456  por agresha
 
Los automóviles se pueden usucapir. Si tu cliente no tiene absolutamernte nada, salvo la tenencia, que acredite la tradición,sería necesario la usucapión. Para los automotores procede la usucapión de 10 años y de 20 años. Incluso hay una prescripción más corta para supuestos específicos. Si tu cliente tiene un boleto, puede accionar judicialmente.
 #299476  por Pilar08
 
agresha escribió:Los automóviles se pueden usucapir. Si tu cliente no tiene absolutamernte nada, salvo la tenencia, que acredite la tradición,sería necesario la usucapión. Para los automotores procede la usucapión de 10 años y de 20 años. Incluso hay una prescripción más corta para supuestos específicos. Si tu cliente tiene un boleto, puede accionar judicialmente.
Disculpas, cual sería esa prescripcion más corta?
 #299512  por ramblernauta
 
Por lo que contas tu cliente tiene la posesión pero no es titular registral. Así las cosas la posesión que tiene tu cliente es de mala fe y solo pude aplicarse la prescripción larga (20 años). La otra opción en cuanto a prescripción adquisitiva de automotores es para poseedores de buena fe (aquellos que hayan logrado la inscripción registral a su nombre).
Hay varios post donde se trato este tema, si los encuentro te los paso.